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El Fiscal General, Álvaro García Ortiz, pactará con la fiscalía.¡MANDA HUEVOS¡

El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, promete su cargo ante el  rey Felipe VI - fiscal.es

 

Uno de mis buenos amigos, al menos así lo tengo yo inventariado, tiene por costumbre leer cada día un capítulo de El Quijote -por cierto, a ver si me acuerdo de preguntarle cuántas vueltas completas le ha dado a la novela de don Miguel-. No me consta sin embargo que Álvaro García Ortiz, hombre de altas y muy absorbentes responsabilidades, tenga tiempo para hacer algo ni remotamente parecido, aunque sin duda será de los que en algún momento de su vida han leído el magistral relato de Cervantes, y recordará que en el capítulo LXXIV de la segunda parte, justo antes de morir, don Quijote recupera la cordura, y retractándose de la fábula en la que había vivido confiesa ser Alonso Quijano.

Si el fiscal general del Estado, que en estos días pasa por el amargo trance de sentarse en el banquillo de los acusados (aunque ocupe una silla en el lugar reservado a la defensa), pudiera como don Quijote rebobinar, que no puede, es muy probable que no actuara como lo hizo el 13 y el 14 de marzo de 2024. Si pudiera decir toda la verdad, que ni tiene obligación como acusado, ni le dejan (aunque le acabarán dejando tirado), reconocería que las decisiones que tomó aquel infausto día estuvieron condicionadas por las presiones recibidas desde instancias políticas, y en concreto desde la Presidencia del Gobierno de España.Si García Ortiz pudiera desandar el camino, quizá les diría a quienes le conminaron a precipitarse para “ganar el relato” que ni las prisas son buenas consejeras ni es función de la Fiscalía entrar de lleno en la batalla mediática; que el estatuto orgánico de la institución que dirige establece como principio fundamental que del fiscal general para abajo todos los fiscales tienen el deber de reserva y sigilo, así como la obligación de respetar el secreto de las actuaciones; y que los tiempos políticos no son los mismos que los de la justicia. Dicho de otro modo: les hubiera dicho que no era posible hacer lo que le pedían, porque iba contra la ley.

La lógica de ‘l’omertà’

Así lo entendió la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, quien le echó en cara la filtración a su superior sin ser objeto de la correspondiente réplica. Así lo entendió Juan Lobato, que se cubrió las espaldas ante notario. Como también entendió después la gravedad de la maquinación otro de los personajes clave de aquella noche fatídica, la jefa de Gabinete del jefe de Gabinete del presidente del Gobierno, Pilar Sánchez Acera, cuya inevitable amnesia ha convertido su inverosímil atestado en una de las más elocuentes piezas de la acusación.

Pedro Sánchez ha declarado que el fiscal es inocente, “y más aún tras lo visto en el juicio”. Ahora me explico mejor lo de sus gafas en el Senado. No sé qué juicio es el que está viendo el presidente, y sin embargo su afirmación es coherente, porque responde a la lógica de l’omertà, la que refleja el supuesto, tantas veces por desgracia constatado, del subordinado que por un erróneo sentido de la lealtad acaba cometiendo un delito de obediencia, del que García Ortiz no está siendo juzgado, pero que será el que más le va a pesar el resto de sus días, ocurra lo que ocurra.

No es verdad que Sánchez crea en la inocencia del fiscal general, porque sería como no creer en sí mismo. Simplemente utiliza su gran potencia de fuego mediático para presionar al tribunal y alimentar, en caso de condena, el guion de un nuevo capítulo de la serie “La única justicia válida es la justicia del pueblo”. Sánchez conoce, como todo el que no se deja distraer por lo accesorio, que existe la posibilidad de que los magistrados concluyan que no está del todo claro, que hay duda razonable sobre la autoría de la filtración. Pero también sabe que ahí no acaba la responsabilidad del fiscal general.

Pongamos que García Ortiz no filtró. Pongamos que tampoco ordenó que se filtrara. Mucho poner, pero pongamos. ¿Pero dejó hacer? ¿Dictó o no él mismo los términos de una nota considerada por el decano del Colegio de Madrid de “inusitada gravedad”? ¿Consintió o no que para desmentir un bulo se divulgara información reservada? Y cuando supo que esta se había filtrado, ¿por qué no ordenó como era su deber que se abriera de inmediato una investigación para identificar a los responsables? Al fiscal general no solo se le juzga como posible ejecutor directo de un delito de revelación de secretos; también por la decisión (presuntamente) consciente de no impedir, como era su deber inexcusable, su propagación.

‘Terroristas emocionales’

No hay un solo magistrado de los siete que componen la sala que juzga a García Ortiz que considere injustificada la decisión de sentarle en el banquillo. Cosa distinta es la valoración que cada uno de ellos haga de la prueba a efectos de sentencia. Tanto la condena como la absolución por duda razonable han de estar fundamentadas en Derecho y, en ese terreno, el estrictamente jurídico, los criterios de aplicación casi nunca son uniformes.

Tal y como va el juicio, y en contra de la opinión improcedente del presidente del Gobierno, la condena de García Ortiz es más que probable. Quizá no por lo que hizo (que también: el borrado injustificado de sus mensajes, por ejemplo), sino por lo que dejó hacer; o dejó de hacer. Y, sin embargo, puede que la decisión de los magistrados no zanje la batalla política, sino que la encone.

Una resolución condenatoria alcanzada por unanimidad, o por 6 a 1, incluso por un 5 a 2, complicaría mucho cualquier maniobra de descrédito del tribunal. Pero un 4 a 3 convertiría la sentencia en gasolina para “terroristas emocionales”, en expresión de una de las letras de Rosalía (La Perla), y trasladaría casi con toda seguridad la batalla, en forma de recurso de amparo, al Tribunal Constitucional.

En una hipótesis de cuasi empate, sería inútil cualquier llamamiento a recuperar la cordura. Y lo más urgente: el crédito de la Fiscalía.

Ábalos se niega a declarar en el TS tras romper con su abogado.

El juez del Supremo mantiene la vistilla, donde decidirá si el exministro ingresa en prisión provisional

Ábalos rechaza declarar tras romper con su abogado y la Fiscalía descarta pedir prisión

El exministro José Luis Ábalos llega al Supremo este miércoles.

José Luis Ábalos ha rechazado declarar en el Tribunal Supremo. El exministro despidió el pasado lunes a su abogado, José Aníbal Álvarez, por «diferencias irreconducibles». El magistrado Leopoldo Puente rechazó el cese al considerarlo «en fraude de ley» y le obligó a acudir. Al inicio de la sesión, el letrado ha renunciado a seguir defendiendo al actual diputado del Grupo Mixto tras fracasar en su intento de que rechazara el acta, explican fuentes jurídicas a THE OBJECTIVE. El instructor celebrará ahora una vistilla para estudiar cambios en las medidas cautelares que pesan contra el exdirigente socialista. La Fiscalía descarta solicitar prisión por el momento, algo que sí han hecho las acusaciones populares.

Ábalos ha manifestado este miércoles su voluntad de acogerse a su derecho a no responder tras las circunstancias que han rodeado su declaración. La decisión supone un cambio en su estrategia de defensa, ya que el exministro declaró en las tres ocasiones anteriores en las que acudió al Supremo. Tras la renuncia de Álvarez, tiene tres días para designar a un nuevo abogado. Ese es el plazo que le otorgó Puente tras ver en el despido del letrado una «intempestiva decisión».El auto de este martes subrayaba «la completa ausencia de justificación razonable» y consideraba que Ábalos buscaba «provocar de forma indebida la suspensión de vistas o comparecencias oportunamente señaladas». El exministro señaló en su escrito que tomó la decisión tras «un deterioro irreversible de lo que debiera ser una relación basada en la confianza».

Ábalos y el cambio de letrado

El magistrado rechazó este martes el despido del letrado que comunicó Ábalos por considerar que «se realiza en fraude de ley». El juez mantuvo el señalamiento y anunció que, a su término, celebraría una vistilla, según establece el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). La comparecencia servirá para revisar las medidas cautelares (tiene el pasaporte retirado, no puede abandonar España y debe comparecer en el juzgado), lo que podría llevar al exministro a prisión, como piden las acusaciones populares, aunque no la Fiscalía. La última palabra la tendrá Puente.

La prisión provisional solo ha prosperado con Santos Cerdán. El ex secretario de Organización del PSOE fue encarcelado en Soto del Real (Madrid) desde el pasado 30 de junio después de que el juez le atribuyera un rol de «cierta preeminencia» en la trama de amaño de obras públicas a cambio de mordidas.

Puente decidió citar al exministro y a Koldo García tras las evidencias del último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil. El documento recoge «consistentes indicios» de que entre los patrimonios de ambos «podrían existir significativas zonas de intersección». El juez sospecha que el asesor «vendría haciéndose cargo regularmente de pagos que corresponderían» al actual diputado del Grupo Mixto.

Los investigadores detectaron que Ábalos desembolsó 95.000 euros sin justificación bancaria, entre los que destacaba casi 21.000 euros de gastos «personales» con cargo a «una fuente de ingresos no declarada». La UCO también reflejó que el PSOE pagó al exministro con dinero en efectivo mediante sobres, pero no la cantidad que había reconocido el partido en el documento que remitió al Supremo.

Lenguaje en clave

El informe de la UCO también reveló que Koldo García y su esposa utilizaban un lenguaje en clave para hablar del dinero que gestionaban como «custodios» del patrimonio de Ábalos. Se referían a él como «chistorras» (billetes de 500 euros), «soles» (200 euros) y «lechugas» (100 euros). Este diario ha publicado fotos exclusivas de que el exministro guardaba cajas, sobres y carpetas con dinero en un armario bajo llave.

La declaración de Koldo García también se mantiene este jueves. «En ambas declaraciones la defensa de Ábalos será desarrollada por el letrado don José Aníbal Álvarez García salvo que designara a otro en su lugar que estuviera en condiciones de asumir este día su defensa», acordó el juez en un auto. Puente da tres días de plazo al exministro para que designe un nuevo abogado. En caso de no hacerlo, nombrará uno de oficio. Solo entonces, insiste el magistrado, «se tendrá por efectuada la renuncia y cesará en su función en esta causa especial el letrado José Aníbal Álvarez».

El Magistrado del TS, Ángel Luis Hurtado acaba de procesar al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz y a la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid por revelación de secretos

  

¡SE ACABÓ LA FIESTA DEL SANCHISMO¡



El magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo Ángel Luis Hurtado ha procesado este lunes al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelación de secretos en la causa que investiga la filtrción de un correo de la pareja de Isabel Díaz Ayuso.

Asimismo, la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid también ha sido procesada por el mismo delito.

Hurtado señala que, a nivel indiciario, cabe presumir que el fiscal general facilitó a un medio de comunicación el confidencial contenido de un correo, de 2 de febrero de 2024, en el que el abogado de Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña, "de común acuerdo" admitía al fiscal la comisión de dos delitos fiscales en su nombre. Un correo que le fue remitido por la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez.

Hurtado destaca que dicho correo contenía información sensible relativa a aspectos y datos personales de González Amador, en una conversación privada entre letrado y fiscal que está sujeta a criterios de reserva y confidencialidad.

SÁNCHEZ FRENTE A FRENTE CON EL GOLPISTA PUIGDEMONT

 Puigdemont y su discípulo Sánchez

SÁNCHEZ FRENTE A FRENTE CON  EL GOLPISTA PUIGDEMONT



Pedro Sánchez ha anunciado que ha introducido reformas en la Ley de Amnistía para blindar sin duda los nuevos delitos, en investigación, que el Tribunal Supremo carga sobre el prófugo Carlos Puigdemont. El presidente del Gobierno necesitó los siete escaños del golpista para ser investido en el Congreso de los Diputados. Los precisa ahora para la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado. Y está claro que, genuflexo ante el rebenque secesionista, hará cuantas concesiones le exijan.

Carlos Puigdemont ha decidido regresar a Cataluña en triunfo sin pasar por el calvario de la prisión, el juicio y el indulto, tal y como ocurrió con muchos de sus compañeros. El prófugo cometió presuntamente varios delitos, entre ellos, el gravísimo de perpetrar un golpe de Estado, acompañado según investiga el Tribunal Supremo de alguna acción terrorista. Pero Pedro Sánchez ha construido un relato según el cual la Ley de Amnistía sólo pretende favorecer la convivencia nacional.

Es falso. Es una tórpida mentira. La Ley de Amnistía, en este caso, no es más que un do ut des. Yo te amnistío y tú me das siete escaños. Y además yo te amnistío redactando la ley contigo, que eres el amnistiado, para asegurarte de que quedas por completo blindado. ¡Qué vergüenza! ¡Que atentado contra la dignidad de España! ¡Qué agresión a la Justicia española, a los jueces y magistrados!

Y el relato sanchista camina hacia adelante, gracias en parte, a las torpezas de Alberto Núñez Feijóo que ha embestido la muleta tendida por el líder sanchista. No se trata de amnistía sí o amnistía no, que eso es discutible. Se trata de amnistía a cambio de siete escaños, redactándose la ley para colmo en colaboración con el que va a ser amnistiado, en una maniobra éticamente deleznable.

Puigdemont detenido en la isla italiana de Cerdeña por la orden del Tribunal Supremo.



Las autoridades italianas han detenido en Cerdeña este jueves por la noche al expresidente del Gobierno catalán, Carles Puigdemont, prófugo de la Justicia española desde el otoño de 2017, Ha sido detenido en el mismo aeropuerto. Tenía previsto participar en L'Alguer (Cerdeña) en el Aplec Internacional Adifolk, un evento patrocinado por una asociación para la promoción del folclore catalán.

 

La detención se ha producido en virtud de la orden de busca y captura internacional emitida por el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa del 'procés'. En julio el tribunal general de la UE desestimó las cautelares que pedía para mantener su inmunidad porque veía poco probable que fuera detenido.

 

Inés Arrimadas, líder de Ciudadanos, ha sido una de las primeras políticas en reaccionar a la detención. "A la espera de conocer los detalles, la detención de Carles Puigdemont es una buena noticia para todos los demócratas. Espero que pueda ser trasladado a España y responder por sus acciones. Nadie debe tener impunidad ni estar por encima de la ley", ha señalado la política en su perfil de Twitter.

 


El líder de la oposición, Pablo Casado, también se ha pronunciado en Twitter sobre la detención del expresidente catalán. "Puigdemont debe ser juzgado en España por su golpe a la legalidad constitucional, y Sánchez debe comprometerse a respetar la sentencia de la Justicia sin indultos a cambios de permanecer en el poder.

 

 

El abogado del expresident catalán, Gonzalo Boye, ha señalado a través de Twitter que la euroorden contra el político está suspendida.

  

Luis Garicano, eurodiputado de Ciudadanos, también se ha pronunciado sobre la detención de Carles Puigdemont a través de su perfil de Twitter. "Espero que el Sr. Puigdemont, rinda cuentas cuanto antes ante el Tribunal Supremo. Y que recaiga el peso de la ley sobre quién ha causado un daño profundo a la convivencia y al estado de derecho en Cataluña".

 

 

Políticos de la órbita independentista también se han pronunciado sobre la detención del expresidente catalán. Tanto Oriol Junqueras como Arnaldo Otegi han mandado fuerzas desde sus perfiles de Twitter a Puigdemont:

 


Extradición desde Italia

Puigdemont, detenido este jueves en la isla italiana de Cerdeña como consecuencia de la euroorden emitida contra él por el Tribunal Supremo, podrá solicitar de nuevo medidas cautelares al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para tratar de recuperar su inmunidad como eurodiputado y parar su extradición a España.

 

Puigdemont recurrió el pasado mayo a la Justicia europea la decisión del Parlamento europeo de suspender su protección parlamentaria para que pudiera ser juzgado en España y el Tribunal europeo está aún examinando el recurso, aunque en julio le negó las medidas cautelares que solicitó para recuperar la inmunidad parlamentaria mientras se resolvía el caso.

 

El Tribunal con sede en Luxemburgo, sin embargo, avisó en el auto con el que negó las cautelares que tal decisión se limitaba a las medidas temporales y que Puigdemont podría interponer una nueva demanda si el perjuicio alegado -su detención durante un viaje como eurodiputado-- resultara suficientemente probable. El tribunal mencionó en concreto el caso de que fueran detenidos o se llevara a cabo alguna actuación dirigida a entregarlos a las autoridades españolas.

El tribunal Supremo desoye las peticiones de Pedro Sánchez y dice NO a la libertad de presos catalanes y vascos.

 


Todo en la vida tiene perdón, a menos que tu no quieras perdonar, sencillamente, porque la persona puede demostrar su descontento sin dañar a personas o cosas y este no es el caso de separatistas y etarras. El Tribunal Supremo parece ser que no está de acuerdo con bailar siempre con la más fea y dice que presos catalanes tienen que seguir en la cárcel, por mucho que le llore Pedro Sánchez, al que hacen menos caso que a mi.  A pesar de los gravísimos delitos de sedición contra el orden constitucional cometidos por los llamados presos del procés, podrían tener lógica actitudes favorables a suavizar las penas impartidas. Pero esas actitudes, siempre dentro de la ley, no han sido humanitarias sino políticas en favor de unos presos que día tras día repetían que volverían a hacer lo mismo.

 

Por el plato de lentejas de unos votos circunstanciales, Pedro Sánchez ha negociado con los partidos secesionistas catalanes concesiones que llegan hasta el indulto de los presos por sedición. El Tribunal Supremo se ha manifestado con una decisión que no tiene desperdicio, y que a mi manera de ver es admirable, en contra del tercer grado que se había otorgado a los delincuentes, especificando además de forma clara que no están en la cárcel por ser independentistas, a lo que tienen derecho, sino por varios delitos que de manera concreta figuran en la sentencia condenatoria.

 

Se comprende que el Gobierno de Frente Popular, que el Gobierno social comunista, pretenda hacerse con el control de la Justicia porque en estos momentos el único freno a los despropósitos sanchistas es la independencia judicial. Si esta fuera desbaratada, como ocurrió en su día en Cuba y más recientemente en Venezuela, se habría terminado la democracia pluralista plena en España. El intento de asalto a la Justicia por parte del Gobierno actual no ofrece dudas. Otra cosa es que, ante una Europa vigilante, ese asalto vaya a tener éxito.

 

En todo caso, habrá que convenir que el Tribunal Supremo ha actuado con la altura judicial y con la independencia que caracteriza a una institución admirada por la inmensa mayoría de los españoles. Y que cualquier intento de sortear las decisiones del Supremo por parte de Pedro Sánchez se encontrará con una resistencia firme de los partidos democráticos, y entre ellos del sector más relevante del PSOE, y también con la integridad profesional de jueces y magistrados dispuestos a mantener el poder judicial en la independencia que garantiza el pleno ejercicio democrático en España.

La sentencia del Supremo -política- a los rebeldes independentistas es light. Vila, Mundó y Meritxell quedarán libres el Lunes.


El tribunal que ha juzgado la causa del procés ha acordado por unanimidad condenar a sus principales responsables por delitos de sedición y de malversación y descartar la acusación de rebelión que formuló la Fiscalía. Fuentes jurídicas han confirmado esta decisión de los siete magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo que componen el tribunal, que inicialmente tenía previsto comunicar el fallo el próximo lunes 14, aunque no se descarta que ahora la sentencia pueda retrasarse. A falta de que se concreten las penas individualizadas -que irán escalonadas en función de la participación de cada uno de los acusados en el procés-, los magistrados han decidido que no se han cumplido los requisitos para condenar por rebelión.

Su conclusión se acerca a las tesis de la Abogacía del Estado, que en sus escritos de acusación sostuvo que los hechos ocurridos en Cataluña en otoño de 2017 no acarrearon la violencia suficiente para encajar en el tipo de rebelión. Esa es la diferencia clave entre el delito de rebelión? por el que apostó la Fiscalía- y el de sedición, que castiga con penas de hasta 15 años de prisión a quienes, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes. Para la Fiscalía, el procés fue un «golpe de Estado» que buscó liquidar la Constitución con violencia suficiente, pero la Abogacía cree que ésta no fue «elemento estructural» del plan. La Sala también ha decidido condenar al exvicepresident  Oriol Junqueras y a los exconsellers presos (Joaquim Forn, Josep Rull, Jordi Turull y Raül Romeva) por malversación de caudales públicos. No así a los otros tres acusados, los exconsellers Santi Vila, Carles Mundó y Meritxell Borràs, que previsiblemente serán condenados solo por desobediencia, un delito que no acarrea pena de cárcel.

Susana Díaz, por autorizar la entrega de 9 millones de € a Cs y otros casos, no podrá renovar su cargo. Acusada por prevaricación y malversación de caudales públicos.


Blog de Juan Pardo

Susana Díaz, actual presidenta de la Junta de Andalucía y candidata del PSOE a repetir en el Palacio de San Telmo, no repetirá al frente de la presidencia de la comunidad andaluza por prevaricación y malversación de caudales públicos. El Tribunal Supremo tomará la suspensión como medida cautelar ante los indicios representativos de delito.

El Tribunal Supremo como corresponde en estos casos de especial aforamiento toma dicha medida cautelar ya que las pruebas que se pueden destruir dañarían en mucho la investigación  de una denuncia fechada el 19 de Noviembre y otras dos como así consta. Los nueve millones de euros entregados a Cs, a cambio de que estos le apoltronasen en las pasadas elecciones, obligan a esta rápida actuación por parte de TS.

Otra y determinante actuación es la acusación –fundamenta y argumentada en lo suficiente- contra la “todavía” presidente de la Junta de Andalucía y candidato a repetir en el puesto por el PSOE, le hace responsable de usar medios, abogados y funcionarios del gobierno andaluz para denunciar al Dr. Jesús Candel, conocido en las redes sociales como Spiriman, por los más de mil vídeos grabados con denuncias contra la corrupción socialista en materia de salud.

Para llevar a cabo esa querella contra Spiriman, Susana Díaz habría tenido que hacer uso indebido de una extraordinaria cantidad de funcionarios para visionar todos los vídeos que denuncia.

El Tribunal Supremo debe resolver sobre la denuncia presentada por Justicia por la Sanidad ¡que adjunta más de veinte documentos! probatorios de la actuación prevaricadora de Susana Díaz.

De modo que,  Susana Díaz, de momento será acusada e inhabilitada antes, incluso, de ser propuesta para presidir la Junta de Andalucía, por mucho que los parlamentarios socialistas más los diputados podemitas de Andalucía Adelante sumaran la mayoría necesaria, tras los comicios electorales que se celebrarán mañana domingo, día 2/12/18.

Pablo Llarena, juez del TS, comunica al fiscal general de Alemania que, posiblemente, se esté dando un trato de favor a Puigdemont.




Pablo Llarena advierte que en el auto sobre la causa de rebelión ya se incluía la orden de detención de los fugados. Por tanto hay mala voluntad a la hora de interpretar el auto de procesamiento. Acto seguido, el fiscal alemán, pide disculpas al magistrado, Llarena y le indica que desde el primer momento, ordenó la extradición de quienes dicen ser presos políticos. Solo por cuestiones políticas, la justicia alemana está dilatando en el tiempo la entrega de los procesados.     

El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena se ha adelantado a la decisión de Alemania sobre la entrega del expresident de la Generalitat Carles Puigdemont y le informa que para “evitar un error de interpretación” tenga en cuenta que en el auto de procesamiento sobre la causa de rebelión ya se recogía la orden de detención e ingreso en prisión respecto de los fugados.

Llarena, alemana después de tener conocimiento de que la Justicia belga había rechazado la entrega de los exconseller Antoni Comín, Lluis Puig y Meritxell Serret por un error de forma, que consistía en que para emitir la euroorden previamente debía existir una orden nacional de detención, extremo que para el tribunal belga no se daba, pero que con el mero hecho de presentar dicha euroorden, estaba más que argumentaba la orden de detención.

El instructor del Tribunal Supremo considera que se trata de un error de interpretación y por eso ha remitido un escrito poniendo en conocimiento de lo sucedido a la Justicia alemana antes de que resuelva sobre la entrega de Carles Puigdemont y evitar que ocurra lo mismo.

En este escrito, Llarena explica que el auto de procesamiento contra Puigdemont que sustenta la Orden Europea de Detención (OED) librada el pasado 23 de marzo “es equiparable a una orden de detención y por tanto cumple los requisitos de la decisión Marco relativa a la orden de detención europea”.

En esta carta dirigida a la fiscal jefe del tribunal alemán que debe resolver la entrega del ex presidente de la Generalitat, Llarena explica que ayer un tribunal de Bruselas denegó la entrega de otros investigados en este mismo procedimiento, basándose en que la OED no mencionaba ninguna orden de detención nacional previa a su emisión y que no consideran que el auto de procesamiento que contempla nuestro ordenamiento jurídico fuera equiparable a esa orden de detención, pese a que el Tribunal Supremo español le informó de lo contrario.

Contrario al “principio de confianza” entre países miembros de la UE o, sencillamente, por principios de cualquier otro país.

Llarena considera “contrario al principio de confianza recíproca” que se valore la naturaleza jurídica de resoluciones previstas en el ordenamiento jurídico español, discrepando de la que el Tribunal Supremo ha informado que tienen.

El magistrado, en aras de “ evitar alegatos de parte que puedan conducir al mismo error”, informa a Alemania de que el auto de procesamiento se incluiría como una de las resoluciones judiciales previstas en el artículo 8.1 de la Decisión Marco del Consejo, según el cual, la información que debe contener una OED es “ la indicación de la existencia de una sentencia firme, de una orden de detención o de cualquier otra resolución judicial ejecutiva que tenga la misma fuerza prevista en el ámbito de aplicación de los artículos 1 y 2”.

El instructor recuerda que el auto de procesamiento que sustenta la OED que ha cursado recogía los hechos y responsabilidades atribuidos a Puigdemont, una vez terminada la fase de investigación y se acordaba la medida cautelar de prisión que había sido adoptada al inicio de la misma.

A partir de ese momento, en España, añade LLarena, “dicha resolución es la resolución ejecutiva respecto de la prisión provisional de Carles Puigdemont”. En virtud de esa resolución, Puigdemont sería inmediatamente detenido e ingresado en prisión si fuera encontrado en España o se procediera a su entrega.


Juan Pardo.

juanpardo15@gmail.com