Mostrando entradas con la etiqueta JEC. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta JEC. Mostrar todas las entradas

Los problemas de Sánchez se multiplican pese a las trampas y marrullerías de su dimisión

 

Pedro Sánchez en La Moncloa la semana pasada

En las últimas horas, el Ejecutivo suma nuevas vías de agua en el ámbito doméstico, judicial, parlamentario e internacional. El plan del presidente para revitalizarlo no ha tenido efecto

El «punto y aparte» que anunció Pedro Sánchez el lunes de la semana pasada no ha servido para taponar las vías de agua que acumula un Gobierno que aún no ha cumplido el medio año de vida. Más bien al contrario, en las últimas horas al casco de su embarcación se le han abierto nuevas grietas.
 
La confirmación del fracaso de la gira europea del presidente en busca de países que reconozcan el Estado de Palestina a la vez que España; el expediente abierto por la Junta Electoral Central al CIS por su encuesta flash de la semana pasada; la decisión del juez instructor del caso Begoña de encomendar la investigación a la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil; la comparecencia de José Luis Ábalos en la comisión de investigación sobre la trama corrupta en el Senado; el incidente diplomático con la República de Argentina provocado por el ministro Óscar Puente.
 
También, el tercer informe de las Cortes contra la ley de amnistía; la convocatoria de una nueva manifestación contra esa norma; y Carles Puigdemont reiterándole a Sánchez que, o gobiernan los dos, o no lo hará ninguno. El Gobierno ni siquiera pudo disfrutar, este lunes, de la noticia de que España haya superado por primera vez los 21 millones de empleados. Puesto que el gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, recordó a los socialistas que urge un ajuste para reducir el déficit público y que la baja productividad sigue siendo un lastre para la economía española.
 
En lo que se refiere al Estado palestino, el Consejo de Ministros de este martes no aprobará aún su reconocimiento, como había pedido Yolanda Díaz al presidente. Pero sí será antes de las elecciones europeas. En cualquier caso, este lunes quedó confirmado que, como adelantó El Debate, solo Irlanda reconocerá Palestina a la vez que España.
Tanto Sánchez como el primer ministro irlandés escribieron en sus cuentas de la red X sendos mensajes aludiendo a ese inminente reconocimiento coordinado. En abril, Sánchez se reunió con los mandatarios de Noruega, Irlanda, Portugal, Eslovenia, Malta y Luxemburgo y mantuvo contactos con los de Estonia, Polonia, Finlandia y Grecia. Trató de persuadir a todos ellos de la importancia de una acción conjunta en la UE, pero solo en el irlandés encontró el apoyo que buscaba.
Pedro Sánchez y el primer ministro de Irlanda, Simon Harris

Pedro Sánchez y el primer ministro de Irlanda, Simon HarrisFernando Calvo

Este lunes también se reunió la Junta Electoral Central y decidió abrir un expediente contra el CIS y contra su presidente, José Félix Tezanos, por el sondeo que elaboró a propósito de la carta de Sánchez a la ciudadanía. En él preguntaba por la independencia de los jueces y hacía una estimación final de voto para las generales en plena campaña de las catalanas. El domingo, en una entrevista en El País, el propio presidente defendía a Tezanos: «Le podrá gustar más o menos, pero es un catedrático de Sociología».
Pero es que la JEC fue más lejos y también ordenó a TVE compensar al resto de partidos por la entrevista que la cadena pública le hizo al líder del Ejecutivo en el prime time del lunes de la semana pasada, horas después de anunciar que se quedaba. El PP denunció, al hilo de ambas decisiones, que el Gobierno «hace de la manipulación institucional su bandera».
 
En paralelo, el caso Begoña sigue su curso. El juez que ha abierto diligencias previas contra la mujer del presidente, Juan Carlos Peinado, no se ha plegado a las presiones del Gobierno ni de la Fiscalía (que recurrió ante la Audiencia Provincial de Madrid solicitando el archivo del caso). Este lunes se conoció que Peinado ha encargado la investigación a la UCO de la Guardia Civil, que es también la unidad que lleva dos años tratando de desbrozar la trama corrupta vinculada a la operación Delorme.
Ilustración del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y su mujer, Begoña Gómez

Ilustración del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y su mujer, Begoña GómezÁngel Ruiz

A este último respecto, a los socialistas les podría ir aún peor de no ser porque José Luis Ábalos fue una tumba en su comparecencia en la comisión de investigación del Senado. El exministro de Transportes hizo todo lo posible por evitar comprometer lo más mínimo al partido en el que ha militado 43 años y que ahora le tiene suspendido de militancia de forma cautelar. «Yo no voy a defender a nadie, pero no voy a acusar a nadie», anunció al comienzo. Y eso hizo. No obstante, el solo hecho de ver a Ábalos declarando sobre Delcy Rodríguez y sobre los contratos del Gobierno en pandemia en la Cámara Alta fue un trago para el PSOE.
A mayores, el Gobierno y el PSOE se esforzaron ayer por cerrar filas en torno a Óscar Puente en público, cuando en privado algunos empiezan a preguntarse si el ministro de Transportes no está yendo demasiado lejos en su papel de «dóberman». Puesto que, esta vez, sus excesos verbales no se han quedado en un asunto doméstico, sino que han provocado un incidente diplomático con un país en el que operan más de 130 grandes empresas españolas.
 
Este lunes, el Gobierno de Javier Milei dio por zanjado el episodio por boca de su portavoz, Manuel Adorni, Pero no sin antes reiterar que un ministro extranjero no puede acusar al presidente argentino de drogarse.
 
Por la tarde, el Senado hizo público otro informe contra la amnistía, que se suma a los emitidos por el CGPJ, los letrados de la Comisión de Justicia del Congreso y los letrados del Senado. Y también a las objeciones expresadas por los juristas de la Comisión de Venecia, aunque el Ejecutivo tratara de enmascararlas.
 
El letrado adscrito a la comisión parlamentaria que lleva la tramitación de la norma en la Cámara Alta, Eugenio de Santos, alertó negro sobre blanco de «distintas infracciones que afectarían a principios y derechos fundamentales tanto de la Constitución como de los tratados de la Unión Europea y a obligaciones impuestas por el Derecho de ésta». Entre los que citó el principio de legalidad en materia penal, el de seguridad jurídica, el de igualdad, el derecho a la tutela judicial efectiva y a la defensa y la vulneración de las obligaciones impuestas por el Derecho de la UE en materia de terrorismo y de protección de los intereses financieros de la Unión.
Por si fuera poco, el PP anunció una nueva manifestación en contra de la ley para el día 26 de mayo, cuando probablemente ya haya sido aprobada de manera definitiva por el Congreso. A los populares no les será difícil superar la discreta cifra de 12.000 manifestantes que congregó el PSOE hace diez días en Ferraz, cuando supuestamente Sánchez estaba a punto de dimitir

VOX, partido financiado por el PSOE, para restar votos al PP, por el bien de la democracia queda excluido del debate en Antena3


JP Logística

Un partido que goza por se antidemócrata, euroescéptico y populero con ámbito venganza, minado de  vicios ocultos y, además, no cumple el principio de proporcionalidad. Por lo justo de la justicia debe ser excluído cuando no tenga representación parlamentaria y su fin no sea otro que perjudicar al partido más grande del mundo, o sea, el PP. 
   
 La Junta Electoral Central (JEC) solicita a Atresmedia que haga otra propuesta en relación al debate a cinco organizado para el próximo martes, día 23 y que iba a contar con la participación de Pedro Sánchez (PSOE), Pablo Casado (PP), Pablo Iglesias (Unidas Podemos), Albert Rivera (Ciudadanos) y Abascal (Vox). De lo contrario el debate no se celebrará por incumplir el principio de proporcionalidad.

 Fuentes de la Junta Electoral Central explican que son competentes para actuar sobre los planteamientos de las televisiones privadas «por cuanto la LOREG obliga tanto a emisoras públicas como privadas. Deben respetar la proporcionalidad que se especifica en el artículo 66.2. Estas fuentes insisten en que Atresmedia «tiene que hacer otra propuesta respetuosa con la proporcionalidad».

 Desde la JEC se pide al grupo de comunicación que haga otra propuesta: «No decimos cómo debe ser, sólo rechazamos la que se nos ha presentado», explican estas fuentes. Preguntados por si el problema es la presencia de Vox o la ausencia de otros grupos desde la JEC son claros: «Las dos cosas. Los demás tienen derecho y Vox no».

 Sobre este tema, las fuentes de la JEC insisten en que Vox puede participar en debates electorales «siempre y cuando se respete la proporcionalidad».

 Explican que no se trata de que Vox no tenga derecho «sino que otros tienen mejor derecho. No se prohíbe Vox, no se prohíbe a nadie, sino que hay otros con mejor derecho». Insisten en que su decisión lo que busca es «proteger a los que tienen mejor derecho».


 ERC había presentado un escrito ante la JEC en el que denunciaba que este debate no cumplía con «los principios de pluralismo, igualdad, neutralidad informativa, así como el de proporcionalidad, que deben regir los debates electorales de conformidad con lo previsto en el artículo 66.2 de la LOREG».

«La formación de extrema derecha a la cual se pretende dar cabida en el debate electoral no reúne siquiera la condición de grupo político significativo», añadían desde ERC. También habrían presentado recursos Junts per Catalunya, Coalición Canaria y el PNV.

 Por todo ello, pedían a la JEC que Atresmedia se abstuviera de emitir el debate «si no invita también al mismo a representantes de las formaciones políticas que obtuvieron representación parlamentaria en las elecciones a Cortes Generales de 26 de junio de 2016».

¿Por qué es diferente al año 2015?
Antes de las elecciones del 20 de diciembre de 2015, cuando Podemos y Ciudadanos no tenían todavía representación en el Congreso de los Diputados, Atresmedia organizó un debate a cuatro con PP y PSOE. La Junta Electoral establecía entonces la condición de "grupo político significativo". Y se la atribuía a quienes hubieran obtenido "un número de votos igual o superior al 5% de los votos válidos emitidos". Y establecía que fuera "en recientes procesos electorales y en el ámbito territorial del medio de difusión". En 2015 Podemos y Ciudadanos habían superado esta barrera en las europeas de 2014 en el caso de Podemos y en las municipales de 2015 en el caso de la formación de Albert Rivera.

 Este criterio es el que ahora castiga a Vox, que al haber obtenido su resultado tan solo circunscrito a una comunidad autónoma no tendría esta consideración. Si por ejemplo una televisión andaluza organizase ahora un debate Vox sí tendría esa consideración de grupo político significativo. Al igual que Telemadrid le dio espacio en sus debates en el ámbito de Madrid capital después de que así lo determinase la Junta Electoral provincial.

En una resolución reciente, del pasado 11 de abril, la JEC ya desestimó un recurso de Vox por no ser incluído en el debate a cuatro planteado por TVE, que no se celebrará porque Pedro Sánchez no participará. La JEC destacaba que Vox sacó solo un 0,2% de los votos en las últimas elecciones al Congreso en 2016. Y además advertía que tampoco cumple "la condición de grupo político significativo" que exige haber obtenido un 5% en recientes procesos electorales "en el ámbito territorial del medio de difusión".

 Y es que en 2015 la JEC estableció que los planes de coberturas informativas deben incluir a candidaturas que no se presentaron a los anteriores comicios o no obtuvieron representación suficiente, pero se demanda que posean la condición de grupo político significativo, una condición que se niega a Vox. Además, se especifica que "esa cobertura no podrá ser igual o superior a la dedicada a las candidaturas que lograron representación".

 A la reclamación presentada, la JEC empieza refiriéndose al artículo 66.2 de la LOREG. La Junta explica que en su instrucción 4/2011 de 24 de marzo se especifica que "corresponde a los órganos de dirección de las televisiones privadas decidir libremente sobre la oportunidad de organizar o difundir entrevistas o debates electorales, pero de hacerlo deberán tener particularmente en cuenta los resultados obtenidos por cada formación políticas que obtuvieron representación en las últimas elecciones".

 Insiste en que este criterio "no impide suministrar información" sobre candidaturas que no se presentaron a las anteriores elecciones o no obtuvieron representación, pero se determina que "no podrán recibir una cobertura informativa mayor que las formaciones políticas que obtuvieron representación en las últimas elecciones". La JEC dice que estos son los criterios legalmente establecidos "sin que puedan ser sustituidos por otros como la supuesta actualidad informativa o los datos procedentes de encuestas electorales". Ese justamente fue el criterio utilizado por el PSOE para decidir que Pedro Sánchez participase en un debate con Vox.

 La JEC dice que no hay objeción respeto a la participación de PP, PSOE, Unidos Podemos y Ciudadanos. Pero pone de manifiesto que las formaciones recurrentes sí consiguieron representación parlamentaria "y un porcentaje mayor de votos válidos".

 La JEC rechaza la argumentación de Atresmedia, que el 20 de abril va a organizar un debate en La Sexta en el que estarán algunos de estos grupos recurrentes y en el que no estará Vox explicando que en este caso "se ha primado este criterio de proporcionalidad". La JEC considera que el argumento no puede aceptarse porque el artículo 66.2 de la LOREG "no establece la aplicación voluntaria del principio de proporcionalidad según estime oportuno la televisión privada, sino que lo impone de forma incondicionada. No cabe elegir debates electorales en los que se aplica la proporcionalidad y otros en que pueda ser eximida sino que debe aplicarse a todos aquellos debates que se organicen durante el proceso electoral".

 La JEC resuelve así que el debate planteado por Atresmedia "resulta contrario al principio de proporcionalidad". Y es claro: "Este debate no podrá celebrarse en los términos indicados sino que, si así lo decide el medio, deberá modificarse para atender a las exigencias de dicho principio.

Los lazos de Torra cuestionan el poder judicial del Reino de España.




Que unos lazos color mierda hayan sido un problema agónico para el sistema democrático español es síntoma más que evidente de que la democracia, en España, tiene daño y vicios ocultos. Además, Quim Torra amenaza con una querella a la JEC. 

Que su mantenimiento o retirada de los edificios públicos se ha convertido en la prueba del algodón sobre la neutralidad que demanda cualquier orden electoral aunque se vote en cajas de cartón. ¿Alguien pensaba que Torra acataría, sumisamente y sin rechistar, el ultimátum de la Junta Electoral Central? ¿Realmente alguien pensaba que la orden de retirar los lazos amolaría al siniestro personaje o que perjudicaría las expectativas electorales del independentismo? El secesionismo catalán ha convertido el lazo amarillo, utilizado históricamente en diversas reivindicaciones, en símbolo por la liberación de sus presos. Uso legítimo y amparado por la libertad de expresión, salvo cuando lo hacen suyo instituciones del Estado que a todos nos deberían representar. En este caso entra en colisión con la legalidad y, por tanto, la Justicia debe actuar. Cosa que no hizo, al menos hasta que fueron convocadas las elecciones del 28-A. La Justicia en España casi siempre llega tarde y a destiempo. Si durante el procés hubiese actuado con premura, por ejemplo el primer día en que alguien desobedeció al Tribunal Constitucional, otro gallo nos habría cantado. Probablemente habría actualmente unos cuantos políticos inhabilitados, pero no tendríamos juicio en el Supremo, ni bizantinas discusiones sobre golpismo, rebelión o naturaleza de la declaración unilateral de independencia. Ni cabezas de listas electorales en la cárcel. Ni políticos presos, ni presos políticos. Ni lazos amarillos. Ni lazos blancos. Ni la Justicia cortó por lo sano entonces, ni después consideró oportuno pronunciarse sobre el gran lazo amarillo que desde hace meses preside la sede de la Generalitat. Da igual, a los efectos de mi razonamiento, el porqué de su inacción: por no estimarlo constitutivo de delito o por tolerancia en un asunto de escasa enjundia. Lo cierto es que ni fiscales, ni jueces se pronunciaron sobre los lazos amarillos.
Posteriormente  vino Ciudadanos, interesado electoralmente en avivar las llamas de la hoguera catalana, y planteó la cuestión ante la Junta Electoral. Adviértase que este organismo no tiene por finalidad perseguir delitos, sino garantizar la limpieza de las elecciones y la neutralidad de las instituciones públicas en el proceso. El propósito de su ultimátum sería el de quitarle al secesionismo un arma de propaganda. Al igual que en su día le prohibió al partido en el Gobierno cortar cintas e inaugurar obras. Pero la decisión de la Junta tiene el efecto contrario al pretendido: multiplica el impacto propagandístico de los lazos, crea barullo y sitúa la pelota donde le conviene a Torra. Y así andamos, al compás de quienes desean convertir las del 28-A en las elecciones de los lazos amarillos, blancos y el puterío berberecho de un terco y sucio catalán.

Puigdemont ni eurodiputado ni persona.


JP Logística

Carles Puigdemont, un problema para España, para Cataluña y para si mismo. Ahora no se le ocurre cosa mejor que encabezar  la  lista de JxCat en las europeas del 26 de mayo. El prófugo de la justicia española asegura que podría recoger el acta de eurodiputado sin necesidad de pisar suelo español y que, una vez asumido el escaño, podría regresar a Catalunya sin riesgo de ser detenido porque gozaría de inmunidad parlamentaria. Sin embargo, la realidad es otra. Comprobemos algunas de sus pajas mentales.

Puigdemont: "Ser o no eurodiputado depende de Europa, y no de la Junta Electoral"

Falso. Fuentes comunitarias explicaron a JP Logística que el Parlamento Europeo recibe un documento de la junta electoral de cada Estado con la lista de diputados –individual- electos que han recogido el acta una vez cumplidos todos los trámites legales. Es la Ley electoral de cada país la que regla el funcionamiento dentro de su territorio. Las elecciones europeas funcionan como cualquier elección española, como las generales.

Puigdemont: "No es necesario acudir físicamente a recoger el acta"

De acuerdo a la legislación vigente, para recoger el acta de eurodiputado hay que comparecer ante la Junta Electoral Central, con sede en el Congreso, y jurar o prometer la Constitución. El artículo 224.2 de la ley electoral (LOREG) fija que «en el plazo de cinco días desde su proclamación, los candidatos electos deberán jurar o prometer acatamiento a la Constitución ante la JEC». La norma no explicita que este trámite sea presencial, pero según JP Logística aseguran que si Carles Puigdemont no se persona «físicamente», la JEC remitirá a la Eurocámara una lista de eurodiputados en la que no figurará su nombre, porque habrá incumplido un «requisito indispensable», por lo que no dispondrá de la inmunidad que esgrime para volver a Catalunya.

Sin embargo, fuentes de su partido, JxCat esgrimen sentencias del Tribunal Constitucional que afirman que esta promesa o juramento es una mera formalidad, y apuntan que existe un conflicto evidente entre la ley electoral española y lo que dispone el artículo 3 del reglamento del Parlamento europeo, que insta a las autoridades de cada estado «a que notifiquen inmediatamente al Parlamento los nombres de los diputados electos, de forma que puedan tomar posesión».

El equipo de Puigdemont sostiene que una vez proclamados y publicados en el BOE los resultados de las elecciones se podría emprender la batalla jurídica ante el Tribunal de Justicia de la UE, con sede en Luxemburgo. Cabe recordar además que otros estados de la UE no fijan un requisito previo estatal tan explícito como el de la promesa o juramento físico ante la Junta Electoral.

Puigdemont: "La inmunidad a todos los efectos comienza en el momento en que eres elegido"

Enésima mentira. Para gozar de inmunidad parlamentaria hay que cumplir previamente todos los trámites mencionados. La ley señala que, pasados cinco días desde la proclamación de los resultados, la JEC «declarará vacantes los escaños correspondientes a los diputados del Parlamento Europeo que no hubieran acatado la Constitución y suspendidas todas las prerrogativas que les pudieran corresponder por razón de su cargo, todo ello hasta que se produzca dicho acatamiento». Este requisito es aplicable a todos los diputados electos, por lo que si Carles Puigdemont regresara a España sería inmediatamente detenido y puesto a disposición de la justicia, que tiene suspendida la instrucción de la parte del sumario que le afecta.

Puigdemont: "Si el Parlamento Europeo valida mi elección como diputado y activa mi inmunidad, en aquel período yo deberé decidir qué acta escojo"

Ni parecido. Como anteriormente hemos relatado, no es la Eurocámara la que deberá validar la elección de Puigdemont, sino la JEC. Y antes de recoger el acta de eurodiputado, el prófugo debe renunciar al escaño en el Parlament, pues el artículo 211 de la ley electoral española impide compatibilizar dos actas de diputado en el Parlamento Europeo y cualquier Cámara legislativa estatal o autonómica. En este caso, en JxCat reconocen que, pese a lo que afirmó una vez lograra ser eurodiputado, Puigdemont perdería automáticamente la condición de diputado en el Parlament catalán y no podría ser restituido como ‘president’.