AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE HUÉRCAL-OVERA

Procedimiento: 343/2025 – Negociado 1


D./Dña. JUAN PARDO NAVARRO, mayor de edad, con DNI 75206120F y domicilio en calle Sierra de Grazalema, Bl.2, BJ7, 04661 Zurgena (Almería), parte demandada en el procedimiento monitorio de referencia, comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:


Que dentro del plazo legal de cinco días hábiles desde la notificación recibida el 31 de julio de 2025, vengo por medio del presente a formular


RECURSO DE REPOSICIÓN

contra la resolución que acuerda el requerimiento de pago por importe de 452,04 euros a instancia de GALASA (Gestión de Aguas del Levante Almeriense S.A.), y ello con base en los siguientes:


HECHOS

Resido en la citada dirección desde hace años, en una urbanización cuyas viviendas fueron posteriormente declaradas ilegales. Desde hace más de dos años y medio tengo cortado el suministro de agua sin previo aviso ni notificación fehaciente por parte de GALASA. La zona no cuenta con reparto regular de correspondencia postal,como que también cortado el suministro eléctrico no puedo tener teléfono móvil por lo que no recibo comunicaciones en el domicilio. Sólo correo electrónico en un centro de la Junta de Andalucía que, también cierra por vacaciones esta semana. juanpardo15@gmail.com

Al adquirir la vivienda, se nos aseguró que era una promoción legalizada, con licencia de primera ocupación y todos los suministros garantizados. Posteriormente se produjo la intervención judicial del Ayuntamiento de Zurgena (OPERACIÓN COSTURERO), siendo condenados el alcalde, concejales y promotores. D. Manuel Tijeras Cruz, concejal de urbanismo fue (condenado a prisión y a 10 años de inhabilitación para empleo y cargo público - Tribunal Supremo, sala segunda (penal) fecha de Octubre de 2019   Sentencia núm. 463/2019) y ahora es Jefe de Administración y de personal del mismo Ayuntamiento (Zurgena), o sea, continúa ejerciendo cargos públicos. Esto, junto con la participación de GALASA en permitir enganches sabiendo la ilegalidad, motivó nuestra compra. Infórmese a fiscalía si procede.


En el juicio penal, el gestor de GALASA reconoció que no era viable garantizar el suministro de agua. Aun así, lo permitió el enganche de agua con contrato, provocando que más de 400 personas compráramos viviendas ilegales. El promotor se comprometió a pagar los recibos de agua y luz hasta que se resolviese la situación, cosa que no ha ocurrido. Las viviendas siguen siendo ilegales. Aunque hay poca legislación sobre corte de agua en vivienda habitual, si es preceptivo un último aviso con fecha y hora de corte de dicho suministro, dándose por enterado el perjudicado por si pudiese  pagar a última hora o habitase en ese domicilio algún menor o persona vulnerable o dependiente. Siempre dando traslado de de la fecha de corte al Ayuntamiento, igual lo han comunicado al Jefe de Administración y a mi no me lo ha comunicado.

Actualmente no dispongo de agua corriente y me abastezco con bidones. A pesar de la falta de servicio, se me reclama una deuda sin desglosar ni justificar por consumos inexistentes. Tampoco se ha intentado un contacto fehaciente conmigo como alegan.

Esta situación me ha causado un perjuicio grave: he pasado tres años sin agua ni luz, padecido dos infecciones por COVID-19, insuficiencia renal grado 4 -19%-, y he recibido seis transfusiones de sangre. 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. Artículos 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
2. Artículo 451 LEC – Recurso de reposición.
3. Artículo 24 CE – Tutela judicial efectiva.
4. Código Civil – Inexistencia de prestación y buena fe contractual.


SUPLICO AL JUZGADO:

1. Que tenga por presentado este recurso de reposición, y en su virtud, se deje sin efecto el requerimiento de pago de 452,04 €.
2. Que se tenga en cuenta la situación de ilegalidad urbanística, ausencia de notificaciones y falta de prestación del servicio reclamado.
3. Que se suspenda el plazo para el pago de la tasa judicial de 25 euros, hasta que se faciliten medios e instrucciones para ello.
4. Que se tome nota de que esta parte se reserva el derecho de interponer querella penal tras el verano contra los responsables de las múltiples irregularidades sufridas, por considerar que se trata de una actuación sistemática y organizada con graves consecuencias para centenares de afectados.


DECLARACIÓN JURADA

Declaro bajo mi responsabilidad que no recibo correspondencia postal en mi domicilio, que el suministro de agua está interrumpido desde hace más de dos años y medio, y que me he visto obligado a consultar mis notificaciones a través de medios públicos de la Junta de Andalucía. Firmo la presente en apoyo de los hechos alegados en el presente procedimiento.


En Zurgena, a 4 de agosto de 2025.


Fdo.: Juan Pardo Navarro
DNI 75206120F

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