El tribunal
de Schleswig-Holstein matiza que la euroorden no contiene una descripción
suficiente de las circunstancias en las que se produjeron los hechos ¡Manda huevos¡
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La Audiencia Territorial de
Schleswig-Holstein ha descartado una «motivación política» en la petición de la
justicia española para la extradición de Carles Puigdemont.«No hay indicios de
que, entre los actos criminales que las autoridades españolas imputan al
acusado, haya cargos que se le atribuyan con intención de detenerle por motivos
políticos», subraya el auto emitido por la Audiencia el pasado jueves y
difundido hoy.
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Torrent convoca para el
viernes día 13 el pleno de investidura de Jordi Sànchez
El documento llega a esta
conclusión tras establecer que es «sin duda necesario examinar» una eventual
existencia de impedimentos a la extradición en el caso de que ésta pueda
deberse a «actuaciones hostiles» al Estado. También constata que ese examen debe
realizarse cuando, pese al carácter criminal de los delitos imputados, el
acusado esté amenazado de sufrir una persecución mayor de la que le
correspondería por «razones políticas».
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La ministra alemana de
Justicia habla de «malentendido» en su comentario sobre Puigdemont
Por otra parte el Tribunal
Regional Superior de Schleswig-Holstein, en el norte de Alemania, que la semana
pasada declaró que no ve admisible el delito de rebelión que le imputa la
Justicia española a Carles Puigdemont -en libertad bajo fianza desde el
viernes-, también cuestiona la posibilidad de que se pueda imputar al
expresidente de la Generalitat por malversación de fondos públicos, delito por
el que el líder de Junts per Catalunya aún podría ser extraditado y juzgado en
España. foto de Roberto Blanco Valdés
Jueces alemanes y complejos
españoles
Roberto L. Blanco Valdés
Así se puede leer en la
resolución del tribunal alemán a la que ha tenido acceso el periódico La
Vanguardia y donde se precisa que «en lo referente a la imputación de
malversación de caudales públicos, lo expuesto en la orden de detención europea
emitida por el Tribunal Supremo el 23 de marzo del 2018 no satisface -al menos
de momento- las exigencias del artículo 86 de la ley de cooperación
internacional en asuntos penales (IRG en sus siglas en alemán), ni siquiera con
el apoyo del informe complementario del juez instructor del 21 de marzo del
2018». El tribunal de Schleswig-Holstein aclara que la euroorden «no contiene
una descripción suficiente de las circunstancias en las que se produjeron los
hechos con la necesaria concreción del supuesto delito que permita asociarlo
con claridad a los comportamientos atribuidos al reclamado». Reconoce que «la
descripción permite reconocer con claridad que el reclamado fue corresponsable
(al menos políticamente) de la generación de los costes del referendo, por un
valor de aproximado de 1,6 millones de euros, y que, a la vista de la
prohibición previa por parte del Tribunal Constitucional español, el gobierno
autonómico no estaba autorizado a gastar dinero del presupuesto para estos
fines» pero matiza que «no queda aclarado si el Estado tuvo que hacerse cargo
realmente de estos costes por haber sido sufragados con cargo al presupuesto
regional, y si el reclamado instó dicha acción».
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Dastis niega que haya
tensión con Alemania por la decisión judicial sobre Puigdemont
ANDER AZPIROZ Los jueces
alemanes también dudan de si «el mero hecho de contraer las obligaciones
financieras asociadas al referendo sin que se hayan realizado pagos efectivos
constituiría un acto punible», como recoge, y ha traducido, La Vanguardia. Por
todo ello, en la resolución se solicita a la fiscalía general de
Schleswig-Holstein, «que conceda a las autoridades españolas la oportunidad de
enviar información complementaria, en la medida de lo posible, a fin de que la
sala pueda pronunciarse de manera definitiva sobre la admisibilidad de la
extradición en lo tocante a esta imputación». El tribunal aclara, eso sí, que
de todo lo expuesto «no se deduce todavía que la extradición por el delito de
malversación de caudales públicos sea inadmisible de entrada, de lo cual
dependerá la decisión sobre la orden de ingreso en prisión en espera de
extradición». Sobre el delito de rebeliónLa semana pasada ya había trascendido
parte de la resolución del tribunal germano, sobre todo, en lo referente a lo
expuesto para descartar el delito de rebelión. También era público que los
jueces de Schleswig-Holstein se habían inspirado en una sentencia de 1983 para
valorarlo.
Un seguidor de Puigdemont tapó con una
estelada el cartel de la cárcel y el de la UE
EL DESAFÍO SECESIONISTA
La Justicia española acudirá
a la europea para salvar la acusación de rebelión
MATEO BALÍN En ese año,
el Tribunal Regional Superior de Fráncfort condenó a un ecologista germano a
dos años de prisión por intentar coaccionar al Gobierno federal tras promover
una protesta masiva contra la ampliación del aeropuerto de la ciudad. Una
iniciativa ciudadana de mayo de 1981, que llamaba a «la resistencia activa y no
violenta» contra este proyecto que degradaba el medio ambiente, fue utilizada
por el posteriormente condenado para dar un plazo al Gobierno del land de 24
horas; en caso contrario, dijo, ocuparían el aeropuerto en señal de protesta. A
la mañana siguiente, concluido el plazo, miles de ecologistas entraron en el
aeródromo y hubo enfrentamientos violentos con la Policía. El tribunal de
Fráncfort consideró que la amenaza de la violencia no se asemejó a la violencia
contra un Gobierno estatal, ni tampoco tumbó la voluntad de la Administración
del land de rendirse a las reivindicaciones de los ecologistas. En base a esa
sentencia, y sin introducir otros elementos jurisprudenciales que permitiesen
valorar si el delito de rebelión español se asemejaba al de alta traición en el
Código Penal alemán, el tribunal germano, en contra de la opinión de la
Fiscalía de este país, alega que en el caso de Puigdemont, y aunque hubo
violencia, esta no fue de suficiente entidad como para doblegar la voluntad del
órgano constitucional, tal y como ocurrió con las protestas ecologistas de
Fráncfort. Así se recoge en la resolución a la que ha tenido acceso La
Vanguardia: «Cabe constatar en primer lugar que la responsabilidad por los
actos violentos producidos durante la jornada de votación puede atribuirse al
reclamado, en su calidad de iniciador y promotor de la celebración del
referendo. Sin embargo, dichos actos, en cualquier caso, no pueden considerarse
más notables en cuanto a su carácter, alcance y efectos que los disturbios
registrados en Fráncfort en la época anteriormente aludida. Los actos violentos
producidos el día de la votación no fueron suficientes -como, por otra parte,
muestra el curso de la historia- para presionar al Gobierno de tal modo que
este se viera forzado ‘a capitular ante las exigencias de los violentos’.
Aunque la legislación española pueda entenderlo de otra manera, en Alemania el
‘poder de la masa’ derivado de una acumulación masiva de personas no sería
suficiente para alcanzar el nivel de violencia incrementado que exige (el
artículo 81 del código penal alemán). Por lo tanto, en ausencia de doble
incriminación, no cabe considerar, de entrada, una extradición por el delito de
rebelión».
Naciste hace dos años..? Donde estabas con los ocho de Zapatero.......
ResponderEliminarZapa lo hizo mal ,este peor y el siguiente como sea del partido de alguno de los dos acabamos aniquilados. no se lo permitamos.
ResponderEliminarZapa lo hizo mal ,este peor y el siguiente como sea del partido de alguno de los dos acabamos aniquilados. no se lo permitamos.
ResponderEliminarSerá en dirección contraria. recogida d frutos? Hambre. Paro. Miseria tristeza. K popurri d idioteces. Este tío está encantado d conocerse. God,god!!
ResponderEliminarHOLA JUAN, ME GUSTA EL ANÁLISIS QUE HACES.
ResponderEliminarCREES QUE PUEDA TERMINAR SU MANDATO ESTE GOBIERNO ACTUAL ?
BESOS MIL..
Gracias Juan abrazos amigo ¡
ResponderEliminarsabes q leo todo y me encanta como lo haces a y ya me meto en tu blog
ResponderEliminarMas puñaladas da el hambre y ahí sigue..........
ResponderEliminarLos políticos y sus buenos bolsillos..por favor a mi que no me agradecerán más mi esfuerzo..el mío es obligado..cabrones
ResponderEliminarLos políticos y sus buenos bolsillos..por favor a mi que no me agradecerán más mi esfuerzo..el mío es obligado..cabrones
ResponderEliminarYO EMPEZARIA A CREER EN LOS POLITICOS SI ESTOS DISMINUYERAN LA CANTIDAD DE GENTE A LA MITAD O MAS... VAMOS QUE CON 100.000 POLITICOS EN ESPAÑA CREO QUE TENDRIAMOS MAS QUE SUFICIENTE.
ResponderEliminarAhhhhh , cuando comencé a leer creí que te referias a un estermunio del pueblo . jajajajajaaaaaaaaa.
ResponderEliminarHola Juan, estamos de acuerdo en lo que se refiere al PSOE, muy a mi pesar no en el PP, las recetas de la UE son para mí todas equivocadas, porque nunca ha sido realmente austera, se ha limitado a recortar derechos sociales, que nos gusten o no a los que creemos en el liberalismo eran un contrato firmado de obligfado cumplimiento, sin tocar los problemas esenciales del mal gasto, ellos y sus financiadores... saludos
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