Al Capellán cuando intentó
evitar esa salvajada, le empujaron con tanta violencia que le sacaron de su
sitio los huevos propios del hombro derecho. Así lo explicaron los 5 testigos
presenciales del acto. Por cierto fueron amenazados con un cuchillo de mediano
tamaño… Los curas no pueden denunciar a nadie. Todos coinciden en que iban MUY
drogados. La cabecilla era Rita Maestre.
Donde el Juzgado de lo Penal
vio delito, la Audiencia Provincial de Madrid detecta únicamente una falta de
respeto. Dada su condición de superiores jerárquicos, se impone el criterio de
los magistrados que componen ese segundo órgano y Rita Maestre ha salido
absuelta de la causa por ofensa a los sentimientos religiosos.
La Audiencia descarta la
profanación "clara, directa, evidente y física" en el relato de los
hechos acreditados por los jueces de instrucción y la Fiscalía. Ocurrieron el
10 de marzo de 2011. Rita Maestre, hoy portavoz del Ayuntamiento de Madrid bajo
las siglas del Ahora Madrid de Manuela Carmena, asaltó la capilla del campus de
Somosaguas de la Universidad Complutense de Madrid donde rezaban los
feligreses. Lo hizo con el torso desnudo y acompañada de entre 20 y 30
agitadores que portaban imágenes del Papa con una cruz esvástica. Cuando el
capellán se interpuso en la puerta, tal y como relató la Fiscalía, "le
empujaron para poder entrar".
-Las dos cosas son compatibles, pero yo no tenía intención de ofender a ningún católico. De hecho pertenezco a una familia católica y he ido a misa con mis abuelas millones de veces. Tenía necesidad de manifestar mi descontento con la Iglesia.
Así consta en una sentencia
fechada hoy mismo y de la que es ponente Francisco David Cubero Flores, en la
que los magistrados de la Sección 16 de la Audiencia madrileña estiman el
recurso de apelación presentado por Maestre contra la resolución de 18 de marzo
de 2016 del Juzgado de lo Penal número 6 de Madrid.
Los hechos objeto del
procedimiento se produjeron la mañana del 10 de marzo de 2011 cuando un grupo
de personas accedieron a la capilla a las 11.30 horas, entre ellas Maestre. En
el juicio, la concejala de Ahora Madrid afirmó ante el juez que "un torso desnudo"
no era un gesto ofensivo, mientras que el fiscal sí entendía que su intención
era ofender a los ánimos de los presentes.
La Audiencia madrileña
manifiesta que "aunque en ciertos ámbitos" el acto de protesta en la
capilla denunciado "puede ser valorado como claramente irrespetuoso"
no concurre el "componente de profanación" exigible para aplicar el
tipo penal impuesto en la condena.
La sentencia de instancia
fue recurrida en apelación por la defensa de Maestre mientras que la acusación
particular que ejercía el Centro Jurídico Tomás Moro planteó la recusación de
uno de los magistrados, en concreto del ponente por un supuesto vínculo con el
Ayuntamiento madrileño. Finalmente, no salió adelante.
En concreto, el juez condenó
a la concejala madrileña a una multa de doce euros diarios durante doce meses
por un delito de ofensa a los sentimientos religiosos, recogido en el artículo
524 del Código Penal y la sala 16 de la Audiencia piensa que quien cometió un
delito fue el juez de lo penal.
Comentarios
Publicar un comentario