Definitivamente ha habido trampa para alsorver a Rita Maestre. Juez Podemita.


El recurso de la concejal y atracadora, Rita Maestre había sido desestimado. por la Sala 17 de la Audiencia provincial de Madrid, haciendo constar al juzgado de lo penal, la omisión en la sentencia condenatoria de los golpes recibidos por el Capellán de la complutense –Hechos que, en su día, denunció Blog de Juan Pardo.

Artículo publicado el 16 de Mayo.

Rita Maestre es una bruja despechada, padece esquizofrenía y es muy violenta y peligrosa.  Tiene amenazada a Manuela Carmena.

Una de losinformes que aporta la acusación, dice: "Se trata de una mujer, aparentemente, pacífica, pero en realidad se trata de un mujer enferma y altamente violenta.  Tiene amenazados a todos sus compañeros en el Ayuntamiento e incluso a maltrata a la alcaldesa, Manuela Carmena. 

La falta de imparcialidad, dado que el magistrado recusado tiene dependencia laboral de un amigo íntimo y colaborador profesional del letrado" de la defensa, Gonzalo Martínez Fresneda siendo más que razonadas, alguien las perdió.

Ante la más que evidente posibilidad de ingreso en prisión e inhabilitación de Rita Maestre, Un abogado, compañero del magistrado, ambos profesores  de la Universidad Carlos III  se hace con la defensa  de Rita y la absuelve. También son amigos y compañeros de Pedro Sánchez.

Estos hechos revisten una gravedad extrema, esta misma semana, al magistrado quedará expedientado y, se supone, que el Ministro de Justicia, de una explicación.

Si el magistrado da clases por menos de 1.000 euros/mes ¿Por qué no puedo pensar que absuelve a insidiosa y exhibicionista, Rita la cantaora de Podemos.

Una concejala/jefa que apalee a un Capellán que solo defiende valores morales, debe ser juzgada de acuerdo al Corán que tanto defiende ella.
Juntos en el caso de los ERE

El catedrático de este departamento es Víctor Moreno Catena, quien ha sido compañero del abogado de Rita Maestre, Gonzalo Martínez-Fresneda, en la junta directiva de la Unión Española de Abogados Penalistas para la Defensa de los Derechos.

Además, ambos letrados –Víctor Moreno y Gonzalo Martínez-Fresneda– coinciden en la defensa de varios imputados en el escándalo de los ERE de Andalucía. El primero defiende a los imputados Mar Moreno y Gonzalo Martínez. Por su parte, el abogado de Maestre, Gonzalo Martínez-Fresneda, es el encargado de defender al ex consejero de la Junta de Andalucía Gaspar Zarrías.

Este es uno de los motivos que el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro planteó para recusar al magistrado David Cubero Flores por “falta de apariencia de imparcialidad” como ponente de la causa abierta contra la concejal podemita Rita Maestre.

El Centro Jurídico Tomás Moro planteó además otro motivo de recusación: el magistrado David Cubero es secretario de la Fundación Abracadabra, a la que el actual equipo de gobierno del Ayuntamiento de Madrid (del que forma parte Rita Maestre) cedió gratuitamente un local en el antiguo Matadero municipal para celebrar la VIII Semana de la Magia Solidaria. El Consistorio de Madrid figura además como patrocinador de este acto, celebrado en noviembre de 2015.

HECHOS.

La Sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid desestimó el recurso de apelación del Centro Tomás Moro y desestimó los motivos de recusación planteados.

Se da la circunstancia de varios profesores de la Universidad Carlos III (en la que da clases el magistrado ponente de la sentencia, David Cubero, como profesor asociado) firmaron un manifiesta en apoyo de la concejal Rita Maestre cuando fue imputada en esta causa.

El manifiesto difundido por varios medios de comunicación incluye la firma de al menos dos docentes de la UC3M: Begoña Marugán Pintos y el profesor de Filosofía del Derecho Rafael Escudero Alday. También la número 2 de la candidatura de Podemos a la Asamblea de Madrid, Lorena Ruiz-Huerta, es actualmente profesora del programa Legal studies en la Universidad Carlos III.
La sentencia que absuelve a Rita Maestre indica que contra ella no cabe ningún recurso. No obstante, las fuentes jurídicas consultadas señalan que podría ser impugnada ante el Tribunal Constitucional (TC), dado que afecta a un derecho fundamental protegido por la Carta Magna como es la libertad religiosa.

El Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro, que ejercía la acusación popular en esta causa, ha calificado de “panfleto con apariencia de sentencia” la resolución y ha anunciado que está estudiando distintas vías para impugnarla.
“¡A quemar la Conferencia Episcopal!”

Pese a absolver a la concejal, la sentencia considera probado que Rita Maestre participó en el asalto a la capilla de la Universidad Complutense junto a varias personas que mostraban fotos del Papa con una cruz esvástica.
Ante varios estudiantes que habían acudido al templo a rezar, añade la sentencia, Rita Maestre se colocó en el altar, se quitó la camiseta y se quedó en sujetador. Mientras, otras compañeras leyeron un manifiesto que concluía con las siguientes expresiones: “¡Ni impura ni virgen, libre! ¡Transmaricabollo, viciosa, maricón, puta, lesbiana!”

Finalmente, el grupo del que formaba parte la actual concejal podemita abandonó la capilla coreando las siguientes frases: “¡Vamos a quemar la Conferencia Episcopal! ¡Menos rosarios y más bolas chinas! ¡Contra el vaticano poder clitoriano! ¡Sacad vuestros rosarios de nuestros ovarios!”.


Pese a dar por probados estos hechos, la sentencia de la que ha sido ponente el juez David Cubero considera que la actuación de Rita Maestre no constituye un delito de “ofensa a los sentimientos religiosos” tipificado en el artículo 524 del Código Penal.

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