Marlaska vuelve en patera
a Marruecos para pedir asilo político.
Los policías denuncian que
la Dirección General no les ha facilitado la obtención de un título
universitario, como acredita la disposición de la ley de 2015
Nuevo frente judicial para
el Ministerio del Interior. 250 oficiales de policía han interpuesto varios
recursos contencioso-administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid (TSJM) contra la resolución de la Dirección General de la Policía (DGP),
de mayo de 2021, por la que convocó el proceso selectivo de acceso a la escala
de subinspección del Cuerpo. Un oposición en la que se ofertaban 345 plazas, a
la que no pudieron presentarse cerca de 5.000 oficiales —el rango previo a
subinspector— por no tener una titulación universitaria.
juanpardo15@gmail.com
Los recurrentes, sin
embargo, no han acudido a los tribunales por la obligatoriedad de este nuevo
requisito para ascender en la Policía, sino porque la Dirección General, según
denuncian, «ha cambiado las reglas del juego» sin cumplir previamente con lo
prometido: la opción de que los agentes que no tuviesen carrera pudiesen cursar
una en el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, en un plazo
de seis años desde 2015. Fecha final en la moratoria para la exigencia de
titulaciones en los ascensos policiales, según fija la Ley Orgánica 9/2015, de
28 de junio, del Régimen de Personal de la Policía Nacional.
En el párrafo segundo de la
Disposición Transitoria Primera de la mencionada norma, este departamento aseguraba
que «llevaría a cabo todas las actuaciones necesarias, tendentes a facilitar la
obtención de las titulaciones referidas en el párrafo anterior —se refiere a su
obligatoriedad para ascender— por parte de los policías nacionales que no
estuvieran en posesión de las mismas, con el fin de posibilitar su promoción
interna».
Siete años después, sin
embargo, el proyecto del Ministerio del Interior para la puesta en marcha de la
conocida como universidad policial todavía no se ha puesto en funcionamiento.
Hace dos semanas, el ministro Fernando Grande-Marlaska manifestó que «esperaba
que este centro pudiese comenzar a funcionar el próximo curso». «En unos pocos
meses lo tendremos totalmente operativo», dijo el titular de Interior sobre el
proyecto para el que se dispusieron cuatro millones de euros en 2015.
En cualquier caso, este
retraso ha imposibilitado la obtención de títulos a miles de policiales, ahora
afectados, dejándolos «en la más absoluta indefensión y abandono». «La
Dirección no ha creado ni ha puesto en marcha ningún mecanismo, instrumento,
plan o medio para facilitar que los funcionarios de la Policía que promocionan
y ascienden internamente, obtengan las titulaciones requeridas». Una actuación
que «no tiene amparo legal ni justificación», advierte el recurso.
A pesar de la «claridad en
la redacción de la obligación adquirida legalmente por la DGP», ahora, «de
buenas a primeras y sin respetar dicha normativa», denuncian los recurrentes,
se exige una titulación para poder promocionar internamente y acceder a las
correspondientes categorías superiores. Lo que, a su juicio, es «un claro
ejemplo de incumplimiento de las legítimas expectativas puestas en la
obligación adquirida por la Administración a la que pertenecen los funcionarios
policiales que, al jurar y tomar posesión del cargo, como no puede ser de otra
manera, tienen el objetivo, reconocido por Ley, de promocionar, ascender y
desarrollar su carrera profesional en el Cuerpo», advierten.
Los agentes, en este caso,
hacen mención al artículo 40 de la propia Ley Orgánica 9/2015, que convierte en
obligatorio el requisito de poseer un título universitario para ascender. El
precepto dice que «la carrera profesional de los funcionarios de la Policía
Nacional se configura como el conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y
expectativas de progreso profesional, conforme a los principios de objetividad,
igualdad, mérito, capacidad y, en su caso, antigüedad».
Facilitar a los agentes sin
carrera la obtención de ella, además, es un punto que incluso se recoge en el
proyecto de Real Decreto por el que se crea el Centro Universitario de la
Policía, argumentan también en el recurso los afectados. Entre las
responsabilidades de esta institución «están las de desarrollar e impartir los
cursos y programas formativos de acceso a las Escalas Ejecutiva y Básica de la
Policía Nacional, y llevar a cabo la programación y la ejecución de los cursos
relacionados con la promoción interna de los funcionarios de la Policía
Nacional, con excepción de aquellos encomendados al Centro de Altos Estudios
Policiales», dice la norma.
Por todo ello, los policías
solicitan al juzgado que cancele la exigencia de la titulación universitaria en
la pasada convocatoria para que así todos los funcionarios policiales, en la
categoría de oficial, puedan «concurrir en igualdad de condiciones» a la
oposición con los «mismos requisitos que existían antes de la entrada en vigor
de la mencionada Disposición Transitoria Primera». Una normativa, denuncian,
«que ha sido incumplida por quien precisamente quiere aplicarla ahora en el
proceso selectivo en cuestión».
Con anterioridad a la
vigencia de la norma de 2015, existían dos opciones para ascender en la escala
policial, ambas sin la obligatoriedad de tener un título universitario. La
primera, por concurso oposición, que consta de un examen teórico, otro
psicodélico y un caso práctico. La segunda precisa del requisito de antigüedad
en el Cuerpo, y además, una prueba psicotécnica y una entrevista personal.
juanpardo15@gmail.com
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