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El Tribunal de Estrasburgo (TEDH, DDHH) desestima por «inadmisible» la demanda contra España por parte de los independentistas



El PDeCAT, en unos días y a petición del DIOS Puigdemont, comunicará a Torra su cese de toda actividad relacionada con el partido.

Torra arremete contra el Rey y se reafirma en su ultimátum de un mes a Sánchez. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechazó hoy por «manifiestamente infundadas» las cuatro quejas presentadas por Montserrat Aumatell i Arnau, sindicada del Colegio electoral de Tarragona en el referéndum del 1 de octubre.

La demandante, residente en Valls (Tarragona) y nacida en 1957, presentó una demanda contra España el pasado 29 de noviembre al estimar que no tuvo un juicio justo por no recibir una notificación personal de la multa impuesta por el Tribunal Constitucional por ejercer ese cargo en la consulta independentista.

También se quejó de que fue multada por un hecho que no constituye delito, de que fue discriminada por «ser objeto de una persecución política» y de no tener derecho a un recurso efectivo.

Tras la designación de los miembros de los colegios electorales para la consulta e «ignorando una providencia constitucional», el Alto Tribunal suspendió el 13 de septiembre la resolución 807/XI del Parlamento catalán que nombró a los miembros de la sindicatura.

Al tiempo, notificó personalmente con un requerimiento judicial la suspensión a todos los miembros de los colegios electorales, entre ellos la demandante, y les dio 48 horas para explicarse.

Ante «la falta de respuesta y la pasividad de los miembros» designados, el Tribunal Constitucional impuso el 20 de septiembre una multa diaria de 12.000 euros a los componentes del colegio electoral central y de 6.000 a los de los colegios territoriales.


La decisión, que finalizaría en el momento de la renuncia, fue publicada en el BOE el 22 de septiembre y no fue notificada personalmente a la demandante.

En su decisión, la Corte europea recuerda que, «contrariamente a la demandante, los otros miembros de los colegios electorales interpusieron un recurso de súplica contra la decisión del Tribunal Constitucional» referente a las multas.

Añade que la ausencia de notificación personal de la multa «no impidió a la demandante tener conocimiento de ella y presentar sus alegaciones al Tribunal Constitucional».

Las restricciones que alega «no supusieron merma alguna en sus derechos y libertades que protege el Convenio» Europeo de Derechos Humanos, según el Tribunal de Estrasburgo.

La decisión afirma que la demandante fue notificada personalmente sobre la suspensión de la resolución 807/XI y que «sabía –o tenía que saber– que su comportamiento podría conllevar la imposición de multas así como procesos penales».

Constata la Corte europea que, tras la dimisión de la demandante, el Tribunal Constitucional levantó la multa, por lo que «no sufrió ningún perjuicio económico efectivo».

Respecto a la supuesta discriminación, la decisión la considera infundada, al no haber presentado Aumatell dos casos supuestamente iguales con diferente tratamiento, lo que hubiera podido suponer un trato discriminatorio.

¿Puede negar un individuo su derecho al bienestar sin dañar a la sociedad?

Por lógica, no puede haber ricos, acaudalados, egoístas, avariciosos, envidiosos de lo ajeno sin antes no hubiesen sido ruines, tramposos, embaucadores,  etc. Para llevar a cabo dicho proceso han tenido que delimitar los derechos de “la persona” (DDHH). Como que están poco adjetivados y son cobardes de cuna sin prisas, pero sin pausas crearon lo que llamáis democracia a su imagen y semejanza utilizando bultos de carne que ellos bautizaron con el  nombre de político y que deberían ser  personas habilidosas con capacidad suficiente para mantener con equidad, el equilibrio social que determina el bienestar de la sociedad. O sea, nos han metido gato por liebre.

Para ello dividieron los derechos en dos: Una el derecho a la libertad que es una mierda y otro el derecho como deber…….sin calificativo.  Cuando, realmente, solo debería existir el derecho al bienestar.

Tampoco quiero decir que todos los DDHH que no sean de bienestar sean de libertad, sería un tremendo error que conllevaría “al aquí me las traigan todas”. Cualquier deber para con la sociedad es de obligatorio cumplimiento, además, en caso contrario debe ser sancionado.
  
¿Qué ocurre? Sencillamente que  los derechos básicos del individuo, aquellos que no se derivan estrictamente del cumplimiento de deberes, o son de bienestar o son de libertad y los de aparente bienestar distan mucho de su fin social.

La confusión es que mientras  el derecho de libertad se interpreta como que el individuo pueda ejercer o no los derechos sociales, los derechos de bienestar son derechos efectivos que autorizan al individuo a obtener objetivos y obligan a la sociedad a conseguirlos. 

Habría que preguntarse si siendo correcto a todas luces,  el individuo tiene derecho de no ejercer sus derechos de bienestar. Si tiene derecho a no trabajar, a no tener morada, a no disfrutar de cuidado a la salud, a no instruirse, a no comer, a no vestirse. ¿Hay un derecho a la desgracia, a la enfermedad, al hambre, al dolor, a la miseria?.  Si pensar o filosofar individualmente.


No hay tales derechos. No porque sea imposible que un hombre NO ser feliz, sino porque, siendo intachablemente permitido, sería políticamente incorrecto. 

Hoy se cumplen 10 años de la contraorden por revocación de Chávez.


Venezuela, 5º país del mundo más rico y en recursos propios y, sin lugar a dudas, el primero en ciudadanos acogedores y nobles. No se equivocó, le confundieron. Pero de ninguna manera DDHH y el sentido común de los ciudadanos del mundo, pueden permitir la situación de kaos y miseria en la que está sumido, nuestra hermana rica en todos os sentidos, Venezuela.

Tal día como hoy, pero hace ya una década, la mayoría del pueblo venezolano amaneció con la frustración de haber perdido una oportunidad histórica de enmendar otro error histórico: haber creído el discurso de un demagogo salva patrias que unos pocos años antes se había presentado y ganado desahogadamente unas elecciones presidenciales.

Pensando que era el antídoto contra la corrupción que se había instaurado en la Venezuela antes saudí; hoy, iraní  le faltó tiempo para convertir a su régimen en el paradigma de la corrupción que decía que venía a erradicar. Le vendió al electorado mano dura contra la creciente inseguridad que se empezaba a generalizar en el país y después de 14 años de poder casi absoluto, lo dejó convertido en uno de los más inseguros del mundo, con una tasa de muertes violentas mayor de lo imaginable.


Para poner coto a lo que ya comenzaba a vislumbrarse, una oposición, convertida en un nido de grillos, intentó hacer uso de un recurso democrático introducido por el propio Chávez en la Constitución: el referendo revocatorio. A pesar de hacer todo lo posible para evitarlo, no lo consiguió -entonces aún se dignaba guardar un poco las formas-. A duras penas lo ganó y le fue de gran utilidad para mantenerse en el poder hasta su muerte, haciendo un paripé democrático de cara a la galería. ¿Se atreverá Maduro a convocar otro si la mayoría lo pide? Mucho me temo que no. El tirano, el opresor, el autócrata……..lleva 5 meses buscando país de acogida y no le admite ni la misma CUBA que él mantiene. ¡Luchad, venezolanas, luchad con dos cojones¡ La victoria está muy próxima y, después hay que levantad el País. Los españoles poco o nada podemos hacer, además de tener un Gobierno tan cruel como el vuestro, somos pobres de solemnidad. Es curioso, el Gobierno de Maduro, financia un partido de payasos prochavistas en España. 

Menú Constitucional.


C. Madrid (Bankia) le asiste la policía

Por José E Pardo
Al niño le desiste la policía ¿Por qué?

Dice el artículo 47 de la Constitución Española : "Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.
La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

Más o menos y con datos oficiosos nos hacíamos una idea de la cifras. Ya OFICIAL en  el pasado 2013 se registró un promedio de 193 desahucios/día. Esto da un total de 70.445 ejecuciones por impago –dicen los bancos y cajas- , o lo que es lo mismo, 70.445 familias han sido privados de este derecho básico constitucional. 

No me quiero extender mucho. Los banqueros se hacen víctimas, el Gobierno les ampara y protege de  posibles quiebras fraudulentas –lástima-  con la creación de un banco, al que llaman, banco Malo -21 nombres diferentes- , o entidad financiera que con dinero público compra los llamados activos tóxicos (activos contabilizados en el balance de un banco por un valor sobrevalorado) a fin de salvar el sistema financiero y que lejos de salvarlo han hundido más a la economía española y al sistema financiero –todo eso lo escribiré en un próximo artículo- 

Es una alucinación pensar que estas familias también puedan exigir, gritad y…..  la Constitución en la Sección 2 del Artículo 53................se aplican para la tutela reconocida este derecho ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de elección, preferencia y sumariedad a través de recurso de protección ante la Corte Constitucional. A estos políticos, en el oeste americano, ya les hubiesen llenado la barriga de plomo. En España, de momento, la tienen llena de alimentos “preferentes”

Es una quimera, porque vivimos en un país donde los poderes públicos no sólo promueven las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho fundamental , pero están en contravención a la otra parte del artículo relativo a evitar la especulación, son ellos mismos los poderes que propician tal especulación y, por otro lado, protegen los principales ejecutores de las hipotecas, los bancos. O sea, el fiscalizador se fiscaliza. ¡Manda huevos con la “puta” democracia a la española¡

La Constitución es, por lo tanto, doblemente confundida, ya que respondía a la protección de los ciudadanos donde deben de estar consagrados los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas en el Capítulo II de la Constitución.

No sólo no se obtendrá beneficio de la ganancia de capital que podría generar la acción urbanística de los poderes públicos, pero si se ve minada por un comportamiento manifiestamente antisocial de los mismos, a cargo de políticos corruptos o prevaricadores de las acciones que surjan en el fracaso de la Constitución. Por cierto, la semana pasada y a petición de la junta de valoración de derechos humanos a la UE, dicen “En España ni hay alarma social por el tema de los desahucios y solo un par de suicidios atribuibles a enfermedad mental, posiblemente, derivada del desahucio.  

Es cierto que el poder corrompe, pero en España, son los políticos quienes corrompen al poder apoyados por sus fanáticos e irresponsables que les votan.

En algún sitio y algún día leí:.............. “Mr. Churchill un solo parlamentario al que le respalde la Ley puede obligarle a dimitir y privarle de libertad. A Churchill, le salvó la II Guerra Mundial, a los jefes políticos de España, ni la III, IV y V. Si hay un movimiento  que se denomina CIUDADANOS, ágiles mentales, humanos,  responsables, preparados, personas, comprometidos y al que si votáis, vuestro voto vale por dos.