Justo el mismo día que tomó
posesión de la alcaldía del Ayuntamiento de Madrid, Manuela Carmena de la rama
abierta del comunismo prosoviético con
el apoyo incondicional de la banda de melancólicos porcinos de Carmona a secas, se viene insistiendo en
que el anterior equipo de gobierno, encabezado por Ana Botella, produjo un
quebranto a las cuentas públicas cuando decidió sacar a la venta 1.800
viviendas de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS).
La noticia que estos días
está tomando un eco en los medios de comunicación es, totalmente sucia, falsa y
carente de valor jurídico. Ahora, una
ponente del Tribunal de Cuentas cercana a Manuela Carmena ha firmado una
polémica sentencia condenatoria que exige a Botella y su equipo más de 23 millones de euros por haber cerrado dicha transacción por debajo del valor que
la firmante de la sentencia considera adecuado y oportuno.
Desde la defensa jurídica de
Fermín Oslé, consejero delegado de la EMVS en el momento en que se cerró la
operación, consideran que no tiene sentido exigir "responsabilidad
contable" con tales argumentos. La sentencia, por tanto, estaría
incurriendo en valoraciones subjetivas que poco o nada tienen que ver con la
firme aplicación del Derecho.
Para empezar, hay que tener
en cuenta de que no hablamos de un daño real y efectivo al patrimonio, sino de
un supuesto perjuicio que bien podría enmarcarse en lo que la jurisprudencia
denomina "sueños de ganancia", basados en una configuración de los
posibles precios de mercado que carecen de rigor alguno.
En este sentido, hay que
recordar que la propia Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas ha insistido en
que no hay que confundir el mero "sueño de ganancia" con un daño
emergente real y efectivo. Es más: la jurisprudencia disponible en este sentido
considera que "interpretar como daño la diferencia entre un precio
hipotético y un precio correctamente abonado puede suponer un enriquecimiento
injusto para la Administración Pública".
Tasaciones sin sentido
Así, la defensa de Oslé
recuerda que la demanda presentada por el gobierno de Carmena "no se basa
en hechos ocurridos sino en hechos hipotéticos, a saber, la eventual
posibilidad de haber obtenido un precio mejor en las enajenaciones". Así,
el Ayuntamiento suministró al Tribunal de Cuentas un informe de tasación lleno
de errores en torno al cual ha girado parte del proceso.
Y es que la evaluación de
los inmuebles que encargó Carmena "recoge conclusiones retrospectivas,
pues se elaboró en 2015, y deduce sin motivación suficiente los precios del
mercado en 2013. Además, el informe se elaboró simplemente tomando como referencia
la información aportada por el Ayuntamiento de Carmena, limitándose a hacer
comprobaciones muy limitadas desde el punto de vista cuantitativo y
cualitativo".
Hay, de hecho, más
nubarrones en el informe de tasación que presentó el consistorio. Por ejemplo,
se emitía dicho documento sin aplicar la Orden ECO 805/2003, que recoge el
método de referencia para calcular el valor de mercado de un inmueble. Por otro
lado, aunque la tasación se basaba en técnicas de muestreo, no permitía conocer
los criterios para la selección de la muestra elegida. Para colmo, hablamos de
un informe enfocado a la venta individual de los inmuebles, no de una cartera
de más de 1.821 residencias.
El informe también tomaba
como referencia el valor catastral de los inmuebles, si bien dicho parámetro no
se establece para fijar el precio de mercado de las viviendas, sino como base
imponible para impuestos como el IBI o la plusvalía municipal. "Traerlo
como precio de mercado y hacerlo en 2013 con datos de 2011 carece de
sentido", tal y como señaló la defensa de Oslé.
La sentencia de la vergüenza
La propia sentencia del
Tribunal de Cuentas tumba las tasaciones aportadas por el equipo de Carmena.
Esto pone de manifiesto lo difícil que es evaluar promociones de este tipo,
puesto que hablamos de la venta de 1.800 pisos públicos ocupados que solo
salieron al mercado para evitar la quiebra de la EMVS.
Pero, como explican fuentes
judiciales consultadas por Libre Mercado, lo que hace la sentencia del Tribunal
de Cuentas es "descartar esos informes... para luego inventarse su propia
forma de tasar las viviendas". Así, "la sentencia equipara el valor
máximo de venta establecido por la ley para las viviendas VPO al valor mínimo
con el que se deberían vender. En esas condiciones difícilmente podría encontrarse
comprador, porque en caso de querer revenderlas no se conseguiría ganancia
alguna". Por tanto, "el valor máximo de venta no puede ser aplicable,
porque se trataba de viviendas ya ocupadas por inquilinos, lo que les resta
gran valor, y se trata de una venta múltiple, lo que descuenta el precio total
de la operación".
Para colmo, la ponente de la
sentencia no tomó declaración a Botella y sus concejales, de modo que éstos no
pudieron defenderse ante esta arbitraria forma de estimar el precio de la operación.
Más errores intencionados
Las mismas fuentes apuntan a
Libre Mercado otros errores flagrantes de la sentencia:
- Se ha ignorado en la
sentencia el informe del Fiscal y el propio informe de la Sección de
Fiscalización del propio Tribunal de Cuentas, que no apreciaron irregularidad
contable alguna.
- Aunque se ignoran dichos
documentos, sí se toma como referencia un informe de Fiscalización de la Cámara
de Cuentas de la Comunidad de Madrid, curiosamente realizado por una vocal
propuesta por el PSOE.
- Se atribuye
responsabilidad al gobierno del Ayuntamiento de Madrid, culpado por la
sentencia de no controlar adecuadamente al consejero delegado, pese a que dicha
función corresponde al Consejo de Administración de la EMVS. Esto es
especialmente llamativo, porque en dicho consejo se sientan representantes de
PSOE e Izquierda Unida (hoy Unidos Podemos) que habrían sido condenados si la
sentencia tuviese un mínimo de coherencia.
- Nadie ha anulado los actos
y acuerdos jurídicos relativos a la venta, por lo que son plenamente válidos y
eficaces. Por tanto, es difícil reclamar responsabilidad contable alguna.
Comentarios
Publicar un comentario