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Ana González, alcaldesa de Gijón, profundamente atea, feminista y antitaurina.



Cada día son más torpes los socialistas. Para situarnos en el núcleo “el corro” de esta alumna de Fernández Villa (UGT), aquel que se llevó 31 millones de euros de las subvenciones mineras y que regalaba botes de colonia de 400 euros. Esta, la que ha prohibido los toros en Gijón, porque uno se llamaba feminista y otro nigeriano sin tener mayoría y estar gobernando en minoría se ha puesto un sueldo parecido al de su profesor, 80.000 €/año y 25.000 en gastos de representación. No reconoce su error y según ella, tampoco va a dimitir.

Ana González: “Quiere prohibir los toros porque cada vez hay más voces contrarias en la ciudad. Los totalitarios del mundo y de la historia”, “siempre se escudan en el manto protector de una supuesta voluntad popular que les ilumina y legitima para cualquier cosa”.

“En definitiva, la alcaldesa ni puede ni debe impedir la celebración de festejos taurinos en su municipio, basándose en un argumento tan tosco y peregrino como el nombre de dos toros de lidia, feminista y nigeriano”

“Son nombres que llevan desde 1986 en la ganadería”

"Los toros toman su nombre de la vaca madre de forma ajena a contextos sociales y políticos". En  este caso, el nombre data de 1986. En este caso, la vaca madre se llamaba nigeriano por lo que el toro a lidiar en Gijón se llama nigeriano, si hubiese sido hembra se llamaría nigeriana. En el caso de feminista, como que no tiene masculino, se llama feminista. Yo me llamo Juan, porque mi abuelo se llamaba Juan, si hubiese sido mujer me llamaría María. Pero va más allá, el nombre se inscribe al día siguiente de su nacimiento, o sea, hace 4 años.

Está claro, si ella fuese toro, se llamaría Ano, de una u otra forma, muy lejos del culo no está,

 

Para mí que las explicaciones que han dado dirigentes y toreros es lo sufrientemente clara como para rendirse y pedir perdón, aunque sea atea. Dimitir, no; porque la va a echar el pueblo a gorrazos.

Triana EXIGE la segregación de Sevilla por motivos trianeros. No, charnegos en Cataluña o faroles sin candela de la rivera.



Triana que, hasta la fecha, era un barrio de la CENTRAL andaluza, Sevilla que ni anda con luz ni sin ella. En él barrio más propio, más singular, más andaluz de Sevilla, famoso por su historia, su idiosincrasia y su significado están hartos ya no saben si vocearlo, escribirlo, gritarlo, o ponerlo con “J” andaluza. Hartos de que a los trianeros se les etiquete de vagos, simples, alienados del pensamiento, subsidiados o ruiseñores híbridos del cante jondo. En Triana no todo son toros –no hay ni plaza ni fincas ganaderas-, flamenco o juerga rociera. Por justo y necesario, Triana, tendrá su propia identidad.

Posiblemente, en Triana, haya pocos rubios, altos y con ojos azules, pero hay cada trianera que te cagas. Son genios del pensamiento y de la esperanza –de ahí la Virgen de la Esperanza, la trianera. Toda una vida y parte de la otra, últimos por debajo de los penúltimos para olvidar sus índices macroeconómicos, el CO2, eso del cambio climático y qué más saben quieren saber los trianeros; si beben vino. Vino amargo el que beben por culpa de la sectorización sectaria  de sus dueños y amos que viven poco más arriba o poco más abajo.  

¿You andaluz? –Sí. ¿Sevilla? No, de Triana, donde nace la pureza del vientre del civismo y cultura. Es evidente que no son cuevanos del Sacromonte granadino, pero si son conocedores de que Andalucía se les queda chica, por tanto, quieren dejar de ser arrabaleros de Sevilla,  independientes de los charnegos que la cautivan.

Como que el independentismo catalán es una forja de charnegos andaluces y gente de mal vivir. ¿Por qué ellos no pueden pedir “el independentismo”, al menos de Sevilla? ¿Peor imposible? Antes y después de la democracia eran y son  últimos y en gallinero.

Si Susana Díaz, trianera en el exilio, es cabeza en CUP del decadente socialismo andaluz, ¿Por qué el resto de trianeros no pueden desarrollar su prosperidad sin exiliarse, por ejemplo, a Cataluña? 

¡POR UNA TRIANA CON IDENTIDAD PROPIA¡







Etiquetas: Triana, toros, flamenco, CUP, Virgen de la Esperanza, últimos, Sacromonte granadino, Susana Díaz, trianera en el exilio, cante jondo, charnegos andaluces,  pureza, vientre del civismo


Catalanes sin independencia y con toros.

Vídeo | Resumen de la corrida de toros en Sevilla con Diego Urdiales,  Sebastián Castella y Pablo Aguado
 
Hoy decía Pablo Iglesias, dentro de las miles de gilipolleces que suele contar a diestro y siniestro....EN CANARIAS están prohibidos los toros.

En Canarias no hay Toros porque no existe tradición ni demanda. El truco es que la ley 17/91 hace referencia a animales domésticos (no en su título) y el toro no lo es, aunque no tiene ningún sentido permitir festejos taurinos a la vez que prohíbes “la utilización de animales (domésticos) en peleas, fiestas y espectáculos”.



La mayoría de los magistrados estima que la Generalitat ha "menoscabado" esa competencia del Estado para la "preservación del patrimonio cultural común". Según la sentencia, la norma catalana "menoscaba las competencias estatales en materia de cultura, en cuanto que afecta a una manifestación común e impide en Cataluña el ejercicio de la competencia estatal dirigida a conservar esa tradición cultural (...)".
La sentencia explica que en materia de cultura hay una "concurrencia de competencias" del Estado y de las comunidades, competencias que deben dirigirse siempre a la "preservación y estímulo de los valores culturales propios del cuerpo social" desde la instancia pública correspondiente. Añade que resulta "incontrovertido" que "la tauromaquia tiene una indudable presencia en la realidad social de nuestro país" y que, como "una expresión más de carácter cultural", las corridas de toros "pueden formar parte del patrimonio cultural común que permite una intervención del Estado dirigida a su preservación". Y eso es precisamente lo que ha hecho el Estado: preservarlo dictando un conjunto de normas a través de las cuales "ha declarado formalmente la Tauromaquia como patrimonio cultural".
La dimensión cultural de las corridas de toros ya aparecía en las leyes desde 1991, pero se ha visto reforzada con leyes posteriores para regulación de la Tauromaquia (2013) y para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial (2015). Estas últimas se dictaron después de la prohibición de Cataluña, pero están vigentes -no han sido recurridas- y reflejan claramente una actuación legislativa "dirigida específicamente a la preservación de la manifestación que son las corridas de toros".
Lo que choca con esas normas y, por tanto, la sentencia declara inconstitucional es el artículo 1 de la ley aprobada en agosto de 2010, que ampliaba la lista de prohibiciones de la ley autonómica de protección de los animales. En concreto, prohibía "las corridas de toros y los espectáculos con toros que incluyan la muerte del animal y la aplicación de las suertes de la pica, las banderillas y el estoque, así como los espectáculos taurinos de cualquier modalidad que tengan lugar dentro o fuera de las plazas de toros [...]».
La sentencia hace también consideraciones sobre la diversidad cultural que recoge la Constitución. "El respeto y la protección de la diversidad cultural 'de los pueblos de España' que deriva del citado art. 46 CE [Constitución Española], y que no es sino manifestación de la diversidad propia de nuestro Estado autonómico, parte precisamente de la imposibilidad de prohibir, en una parte del territorio español, una celebración, festejo, o en general, una manifestación de una arraigada tradición cultural -si su contenido no es ilícito o no atenta contra otros derechos fundamentales-". Se trata, por el contrario, afirma la sentencia, "de garantizar que aquellas tradiciones implantadas a nivel nacional se vean complementadas y enriquecidas con las tradiciones y culturas propias de las Comunidades Autónomas".
Añade que el deber de los poderes públicos de garantizar el patrimonio cultural que refleja la Constitución no puede ser entendido como una obligación de mantener "todas las manifestaciones inherentes a los espectáculos tradicionales, como pueden ser las corridas de toros" y que los distintos poderes públicos pueden tener ideas opuestas sobre lo que merece ser protegido. Así pues, el Parlament es libre de interpretar "los deseos u opiniones que sobre esta cuestión existen en la sociedad catalana". Pero en todo caso las diferencias de interpretación deben respetar la distribución de competencias, "de manera que no pueden llegar al extremo de impedir, perturbar o menoscabar el ejercicio legítimo de las competencias del Estado en materia de cultura".
El recurso de inconstitucionalidad fue interpuesto el 28 de octubre de 2010 por el grupo parlamentario del PP en el Senado. La resolución del TC sólo ha acogido parcialmente el recurso, pero de manera suficiente como para anular la prohibición. Por ejemplo, los magistrados no creen que se haya vulnerado las competencias del Estado en materia de seguridad pública, como alegaba el PP.
El Tribunal ha dado a conocer únicamente el resultado de la votación. Tanto la sentencia como los votos particulares se conocerán dentro de unos días. La ponente de la sentencia ha sido la magistrada Encarnación Roca. El voto particular discrepante cuenta con el apoyo de la vicepresidenta del TC, Adela Asua, y de los magistrados Fernando Valdés Dal-Ré y Juan Antonio Xiol Rios. Estos tres magistrados discrepan de la sentencia por la argumentación seguida en cuanto a la atribución de competencias. A su juicio, no se han ponderado suficientemente las competencias de Cataluña en materia de protección de animales y de defensa de los valores culturales de la comunidad autónoma.
El Gobierno catalán ya ha advertido que buscará dejar "sin efectos prácticos" la sentencia del TC. "Si esto se confirmara, nosotros inmediatamente nos pondríamos a trabajar para impedir que la sentencia tuviera ningún efecto práctico", ha expuesto la portavoz del Govern, Neus Munté, recordando que el Govern, por ejemplo, ha hecho una nueva ley de vivienda para esquivar la suspensión del TC a una ley catalana sobre emergencia social.
El secretario de Hacienda de la Generalitat, Lluís Salvadó, ha censurado también la decisión: "Es obvio que el TC nunca pierde una oportunidad para agredir la legitimidad del Parlament". En declaraciones a los periodistas desde los pasillos de la Cámara catalana tras la admisión a trámite de la segunda de las leyes de 'desconexión': "Estamos ante una agresión que no es sorprendente. Entra dentro de lo habitual y de lo que estamos viviendo cada día"

El Tribunal Constitucional anula la prohibición de los toros en Catalunya

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El Tribunal Constitucional votó el martes por la tarde la anulación de la ley del Parlament del 2010 que prohibía las corridas de toros en Catalunya al considerar que la cámara tiene competencias para regular este tipos de espectáculos pero no para prohibirlos, según han informado fuentes jurídicas a La Vanguardia. La decisión podría ser anunciada mañana jueves al término de la reunión del alto tribunal.

Los magistrados votaron tras escuchar la ponencia presentada por la magistrada Encarna Roca, catedrática de Derecho Civil de la Universitat de Barcelona, cuyo principal argumento es la falta de competencias del Parlament, que en una apretada votación en julio del 2010 (68 votos a favor, 55 en contra y 9 abstenciones) acordó la prohibición, efectiva al término de la temporada taurina de la Monumental del 2011. Otras consideraciones legales son el “blindaje” de los toros aprobado posteriormente por Las Cortes en noviembre del 2013 que reconoce las corridas como un “patrimonio cultural”, siguiendo el ejemplo de Francia que ya lo hizo en el 2011. Tanto el Parlament primero como Las Cortes votaron las respectivas medidas –prohibición y blindaje- tras aceptar sendas Iniciativas Legislativas Populares (ILP).

Otros argumentos jurídicos presentados a los miembros del TC son la libertad de empresa, la tradición cultural de los toros y la protección constitucional a las llamadas “minorías culturales”, salvo cuando se trata de prácticas que atentan contra la “dignidad humana” como sucede con la ablación.
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De anunciarse la sentencia en las próximas horas, salvo aplazamientos inesperados, Catalunya reabrirá un debate repleto de frentes. El govern ya ha anunciado que no acatará la sentencia del TC y ha reiterado que no se tolerará “la muerte y maltrato de animales”, según indicó el martes la portavoz del ejecutivo Neus Munté. Para los defensores de los toros en Catalunya, la prohibición se basa en motivos políticos y aducen que pocos meses después de la prohibición la misma cámara aprobó el blindaje de los correbous. El nuevo escenario traslada, de paso, la presión a la empresa Balañá, arrendatarios de la Monumental, y abre la vía a reclamaciones importantes para resarcirse del “lucro cesante” ya que hace cinco años que no pueden organizar espectáculos taurinos.
Los antitaurinos y defensores de los animales conquistan los platós de televisión: