Seguimos igual que antes de antes y que antes de entonces en
nuestros sistemas legales es, igualmente, posible defender a la víctima y
condenar a los culpables que condenar a las víctimas y defender a los
culpables, si se juegan bien las cartas. El derecho nada tiene que ver con la
moral y poco con la justicia, solo tiene que ver consigo mismo. O lo que es lo
mismo, el derecho tiene que ver con lo que es legal, y es legal lo que la ley
dice que es legal. Sabemos desde el derecho romano, el primer derecho técnico,
es decir, sistematizado y manejado por expertos, que un acto solo puede ser
considerado como delito si en el momento en el que tiene lugar una ley lo ha
tipificado como tal. A ese delito le ha de corresponder una pena, y no otra. Y
a su vez ese derecho ha de ser aplicado por quien tenga capacidad de hacerlo:
el juez, el tribunal, que ha de aplicarlo de acuerdo con un procedimiento
establecido. Todo esto está muy bien, si se hace bien, pero también puede
hacerse mal de muchas maneras. Puede darse el caso de que haya sociedades en
las que el derecho no esté regulado, en las que no existan garantías legales,
en las que haya leyes arbitrarias, jueces injustos, abogados corruptos y
procesos injustos. Entonces poco hay que hacer, ya que la violencia se impondrá
sobre la ley y la voluntad del más fuerte será la única regla del juego; habrá
que asumirlo así, pero naturalmente nadie creerá que existan ni el derecho, ni
mucho menos la justicia, tendiendo más bien a pensar que la violencia solo
puede combatirse con violencia, como ocurre cuando estalla una guerra. Lo malo
es cuando esto ocurre en un sistema legal aparentemente racional, como el que
se supone que encarna Europa, en el caso de la llamada doctrina Parot.
En España creo que único país
civilizado- fueron condenados mediante
un procedimiento legal, por jueces competentes y de acuerdo con la ley, una
serie de asesinos, narcotraficantes, violadores en serie... que delinquieron en
nombre de una causa o por su propio interés. Se les aplicaron las penas
correspondientes, que sumaban cifras milenarias en algunos casos, pero se llegó
a la conclusión de que, como la pena cuantitativa es un instrumento básicamente
redentor, nada se puede sumar a la pena máxima, que además de estar limitada en
el tiempo dejó de ser cuantitativa, ya que 2 y 2 son cuatro, pero 30 + 20 +30 +
30 +20 + 30 sumarían 160 que dentro del carácter pedagógico de la cárcel solo
sumarían 20. En cambio sumarían 30 si solo hubiese una condena de 30. Interno,
no se les puede llamar reos, ni presos. ¿A qué código te quiere acoger? Cómo?
En esos momentos hace su papel el jurista de la Cárcel –nunca es licenciado en
derecho, solo político fracasado- Y
dice: El interno XXXX se acoge al “moderno
(viejo, Felipe González; nuevo, Aznar) porque ha sido un bigardo y tiene varios
expedientes carcelarios –de modo que aunque por sentencias en firme sumen 2.000
años, solo cumplirá un MÁXIMO de 20 años que si es terrorista cumple 15. En
cambio los que se portan bien y trabajan dentro del recinto en el mejor de los
casos cumplen 20.
Por ejemplo, Nunca te declaras culpable, te condenarán a 10 años
que si te portas bien, solo cumplirás 6 años de reclusión aunque dentro del
lote también mates a tu suegra y a la
vecina que, posiblemente, sean los únicos testigos vivos. No mates a los niños
que su declaración no se tiene en cuenta, Por otro lado, si tu mujer te mata a
ti (solo), solo pasará un par de meses en prisión –alarma social- nunca será condenada. Malos tratos sicológicos
un informe del forense y a la calle. lAun
no se sabe el porqué lejos de aumentar las condenas a medida que aumentan los
delitos, nuestros Gobiernos hacen lo contrario y cada vez explican una teoría moral para seglares diferente.
Esta tolerante animalada se corrigió
haciendo que las penas se cumpliesen sucesivamente y los descuentos se
aplicasen a cada una de ellas en delitos acumulados, pero surgió un problema, y
es que eso no podía hacerse con carácter retroactivo para no violar los
principios del derecho, según ahora se sentencia en contra del sentido común y
jurídico más idóneo.
Los malhechores condenados en un proceso, que reciben unas penas
según una ley, no firman un contrato civil ni de arrendamiento temporal de una
celda, sino que son merecedores de unas penas por unos delitos. Si los delitos
siguen en vigor y las penas también, no se trata de aplicar penas
retroactivamente, sino de establecer cómo se cumplen en las mismas cárceles por
los mismos delitos. Si establecemos que unos delincuentes pueden cumplir penas
de una forma y otros de otra en el mismo país y de acuerdo con las mismas
leyes, entonces establecemos una discriminación positiva de unos frente a otros
y eso sí que es anticonstitucional, pues las penas se cumplen de la misma forma
en la misma cárcel.
Se ha dado el caso de que Tribunales internacionales como el de
Núremberg reconocieron que, en función de la gravedad de unos crímenes, los
cometidos por los nazis con los judíos, se podía crear una ley que tipificase
los delitos después de su comisión, crearse un tribunal ad
hoc para juzgarlos y
establecer una jurisprudencia a posteriori, jurisprudencia luego
consagrada. Era lógico: nunca se habían cometido crímenes como esos y la ley,
por lo tanto, no podía contemplarlos. No estamos en Núremberg, pero sí ante un
caso muy grave que demuestra que el formalismo legal es el mejor aliado de la
injusticia. Y es que en el derecho todo depende de quien hable. Por eso y
porque no hay más remedio hay que tragarse las sentencias. Rajoy, donde las dan
las toman.
Rajoy no se "ha tragado" ninguna sentencia, sino que la ha presentado como "ajena pero de obligado cumplimiento". Otra cosa es que la gente se lo trague..
ResponderEliminarGracias, Juan
ResponderEliminarBueno, no sé en qué sentido lo dices. Yo digo tragar en el sentido de aceptar algo no querido. Y en ese sentido, no se la ha tragado, porque es evidente que esa sentencia no ha sido "no querida".Ahora, falta por ver si la gente se va a tragar el cuento de que eso viene de "fuera" y que el Gobierno se limita a hacer "lo que está obligado a hacer".
ResponderEliminarCualquiera que se haya leído el convenio sabe las excepciones a la jurisdicción que el propio convenio establece. Eso sí, hay que leerse el convenio...
gracias por compartir, Juan.
ResponderEliminarYo creo que está bien torcido.
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