FAMOSOS LUCHA EN LOS JUZGADOS
Rocío Carrasco no tendrá que someterse a las pruebas psicológicas de Antonio David
La Audiencia Provincial confirma de forma definitiva que como "víctima" no puede ser obligada.
La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado de forma definitiva que Rocío Carrasco (40 años) no deberá someterse a las pruebas psicológicas de los peritos propuestos por su exmarido, Antonio David Flores (41). En un auto firmado el pasado 14 de diciembre la sección de Violencia Sobre la Mujer explica que Rocío Carrasco es considerada en este procedimiento una "víctima" y que por tanto, no se le puede obligar a realizar "cualquier tipo de prueba de valoración personal en contra de su voluntad".
La decisión de la sección número 27 de la Audiencia Provincial llega después de que la defensa de Antonio David Flores insistiera de forma reiterada y a modo de recurso en que la hija de la cantante Rocío Jurado se sometiera a las pruebas psicológicas propuestas por sus peritos de parte, en la investigación que se instruye contra él por un presunto delito de malos tratos psicológicos.
La querella sobre este caso llegó a los juzgados de Alcobendas el 13 de marzo de 2017, cuando Carrasco mantuvo en un escrito que, fruto de las continuas manifestaciones en su contra realizadas por su marido en los medios de comunicación durante años, había sufrido un presunto maltrato psicológico con secuelas evidentes.
El 22 de mayo de 2017, dos meses después de que se presentara la denuncia, el juez instructor dispuso que la Unidad de Valoración Integral fuera la encargada de hacer las pruebas psicológicas a Rocío Carrasco, con el fin de determinar "qué lesiones sufre, cuál es la causa de esas lesiones y si son factor exclusivo de las mismas las informaciones efectuadas por el denunciado en los medios de comunicación".
La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado de forma definitiva que Rocío Carrasco (40 años) no deberá someterse a las pruebas psicológicas de los peritos propuestos por su exmarido, Antonio David Flores (41). En un auto firmado el pasado 14 de diciembre la sección de Violencia Sobre la Mujer explica que Rocío Carrasco es considerada en este procedimiento una "víctima" y que por tanto, no se le puede obligar a realizar "cualquier tipo de prueba de valoración personal en contra de su voluntad".
La decisión de la sección número 27 de la Audiencia Provincial llega después de que la defensa de Antonio David Flores insistiera de forma reiterada y a modo de recurso en que la hija de la cantante Rocío Jurado se sometiera a las pruebas psicológicas propuestas por sus peritos de parte, en la investigación que se instruye contra él por un presunto delito de malos tratos psicológicos.
La querella sobre este caso llegó a los juzgados de Alcobendas el 13 de marzo de 2017, cuando Carrasco mantuvo en un escrito que, fruto de las continuas manifestaciones en su contra realizadas por su marido en los medios de comunicación durante años, había sufrido un presunto maltrato psicológico con secuelas evidentes.
El 22 de mayo de 2017, dos meses después de que se presentara la denuncia, el juez instructor dispuso que la Unidad de Valoración Integral fuera la encargada de hacer las pruebas psicológicas a Rocío Carrasco, con el fin de determinar "qué lesiones sufre, cuál es la causa de esas lesiones y si son factor exclusivo de las mismas las informaciones efectuadas por el denunciado en los medios de comunicación".
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