El humanismo que poco o nada tiene ver
con humano, se caracterizaba por su pasión en referencia a lo clásico, si
este era antiguo. Todas sus corrientes de pensamiento se basaban en agrupar teorías modernas con la sabiduría clásica. Para unos era una ciencia teológica
y para otros un arte de censurar el renacimiento. En definitiva una corriente
de locos hartos de comer, cuyo fin era cambiar las cosas, sin saber su
necesidad.
Todos recordamos cuando Zapatero entró
en Moncloa desmantelando a trochi mochi todo aquello que por su historia estaba
bien y no dejando títere con cabeza –él no la tenía, solo era una patata sin
freír- Hasta su propia mujer le tuvo que llamar la atención…¿Qué manía te ha
dado con la iglesia? Una anécdota para definir a esta patata: Se casó en Ávila,
en Ntra. Señora de Sonsoles, donde hacía más de 10 años no se casaba nadie,
pidió Dios y ayuda –Hasta a Adolfo Suárez- y allí se casó. Este es él mismo
animal que, poco tiempo después, mandó
quitar todos los crucifijos y hasta tres santos de Moncloa. Posteriormente de
las escuela, entes públicos y qué se yo.
Su fin era implantar un proyecto cultural que confundiera a propios y a
extraño. Utilizando toda clase de artimañas para substituir los valores y la
añeja moral de la sociedad española por un nuevo humanismo, que excluye
expresamente cualquier tipo de referencia al bien y, por supuesto, a la dignidad.
El Gobierno, para él, era un simple instrumento para poner en
práctica su alocado proyecto. De repente, se hizo jefe supremo de Alianza para
las civilizaciones, decía que no estaría mal que todos los españoles leyésemos
la biblia, excarceló a varios yihadistas, No le preocupa gran cosa el bienestar
de los españoles, pero se enloquecía
para imponerles nuevos pensamientos, sustituyendo sus creencias
ancestrales por otras más acordes con el laicismo, con el relativismo ético y
con la ideología de género. Recordemos cuando Bono le llamó a atención y
Jáuregui se levantó de la sesión llamándole subnormal.
Aquellas proyectos proabortivos a menores de 16 años sin permiso
de los padres. La prohibición del culto en las catedrales –solo una misa los
domingos- En definitiva quiso desconfigurar España, para configurarla a su
imagen y semejanza. Dijo, Julian Barrio Barrio, obispo de Santiago, “No le
hagáis caso” le dicen. “Es el Presidente del Gobierno” y contesta “POR ESA
MISMA RAZÓN”
Hizo cuanto pudo y más para destrozar nuestro modelo de
sociedad, falsear la historia de España y destruir hasta nuestra propia
identidad. Y lo que es peor, puso todo su empeño en romper la convivencia de
los españoles con su inoportuna ley de recuperación de la Memoria Histórica..
Con la Ley de Memoria Histórica, Rodríguez Zapatero, encendió la
mecha del republicanismo en la izquierda española. Hay que recordar que, en
1978, todos los partidos políticos prefirieron claramente la reforma
democrática a la ruptura con el régimen anterior. Y hasta aceptaron sin
problemas la monarquía parlamentaria como forma de Gobierno. Hoy día, debido al
aldabonazo de la Memoria Histórica, casi todos los partidos de izquierda
añoran la república como modelo de Estado. Y de hecho, perturban diariamente la
paz de las calles para pedir de manera insistente y ruidosa la
instauración de la República. En el PSOE, aunque no sea nada más que por
“coherencia política”, respetan de momento el pacto constitucional y, por lo
tanto, no cuestionan la institución monárquica.
Tampoco podemos extrañarnos de la actual exacerbación
independentista que padecemos, principalmente en Cataluña, y que puede terminar
con la unidad de España saltando por los aires. El nacionalismo catalán siempre
ha estado a la que salta y amenazando constantemente con la posibilidad de
destruir nuestro vigente modelo de Estado y declarar su independencia. Pero
ahora han pasado de la simple y velada amenaza al apremio, al chantaje y al
ultimátum más desvergonzado y exigen esa independencia. Y todo por la verborrea
y la facundia irresponsable de la patata, ZP.
Zapatero se lanzó a la piscina y
hasta frivolizó con el término NACIÓN para dar vuelos a los ya “volados”
nacionalistas catalanes. Según Zapatero, el concepto nación es tan discutido
como discutible. Poco después se
pusieron a trabajar en el Estatuto que, prácticamente, estaba olvidado. Se reunió
en secreto con Arturo Mas en La Moncloa, al que hace varias concesiones,
extremadamente conflictivas y peligrosas para la unidad y la integridad
territorial de España. Deciden conservar el término ""Nación"" para
Cataluña. De ahí que CiU que siempre ha sido contraria a la independencia,
pasara al ataque pensando que quedaría caduca y trasnochada. Los resultados del PSC y CiU están a la vista.
Como consecuencia de esos innobles actos, Zapatero abrió la famosa
caja de los truenos con esta frase: “aprobaré todo lo que salga del Parlamento
catalán”. En definitiva es el padre del nacionalismo que los separatistas
consideran humanismo de derecho histórico. Ahí tenemos a sus fieles socialistas
catalanes con cara de carneros degollados.
Comentarios
Menuda pluma....
le recuerdo que la deuda de uds,es de casi la mitad de la de -España
El Imperio Español vivió su "siglo de oro" entre 1521 y 1643, ya no solo en el ámbito militar sino también en el ámbito cultural, y es que muchos de los grandes nombres de la literatura española son de esta época, figuras de la talla de Miguel de Cervantes, Quevedo, Góngora, Lope de Vega, Fray Luis de León, Garcilaso de la Vega o Tirso de Molina vivieron al amparo del gran esplendor del Imperio Español.
La decadencia del Imperio Español se debió a una nefasta gestión de los recursos de la corona, por la decreciente llegada de metales preciosos de América, por el auge de otra potencias coloniales como Inglaterra, Francia u Holanda, y sobre todo por las continuas guerras que el ejército español tuvo que soportar en todo el mundo, imperios américanos, ingleses, franceses, holandeses, otomanos, portugueses, protestantes de diferentes estados europeos e incluso Estados Unidos. Si algo sabemos con certeza del Imperio Español, es que enemigos nunca le faltaron.
No coment..... ya lo veremos la apuesta la tiene ud en el aire.
España es una nación organizada territorialmente en 17 comunidades autónomas y 2 ciudades autónomas. El Título VIII de la constitución establece la organización territorial del Estado en municipios, provincias y comunidades autónomas, éstas con competencias para gestionar sus propios intereses con un amplio nivel de autonomía, poderes legislativos, presupuestarios, administrativos y ejecutivos en las competencias exclusivas que el Estado les garantiza a través de la Constitución y de cada Estatuto de autonomía. Aunque Navarra no se constituyó propiamente en Comunidad Autónoma, siendo una Comunidad Foral, y no habiendo desarrollado un Estatuto de Autonomía, sino articulando un mejoramiento de sus fueros tradicionales, es considerada comunidad autónoma a todos los efectos, según la interpretación del Tribunal Constitucional.... Y poco mas hay que decir
Hay que pensar en todos los catalanes... los que su derecho legítimo y su condición es ser españoles y por tanto no es lícito que se les arrebate lo que es suyo y su derecho
El Imperio Español vivió su "siglo de oro" entre 1521 y 1643, ya no solo en el ámbito militar sino también en el ámbito cultural, y es que muchos de los grandes nombres de la literatura española son de esta época, figuras de la talla de Miguel de Cervantes, Quevedo, Góngora, Lope de Vega, Fray Luis de León, Garcilaso de la Vega o Tirso de Molina vivieron al amparo del gran esplendor del Imperio Español.
La decadencia del Imperio Español se debió a una nefasta gestión de los recursos de la corona, por la decreciente llegada de metales preciosos de América, por el auge de otra potencias coloniales como Inglaterra, Francia u Holanda, y sobre todo por las continuas guerras que el ejército español tuvo que soportar en todo el mundo, imperios américanos, ingleses, franceses, holandeses, otomanos, portugueses, protestantes de diferentes estados europeos e incluso Estados Unidos. Si algo sabemos con certeza del Imperio Español, es que enemigos nunca le faltaron.
Castilla y Cataluña, un mismo origen etimológico
www.abc.es
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
Constitución española de 1978, artículo 2.
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Enric Borrell Los argumentos serían trasnochados si se refieren sólo a temas históricos, a reivindicaciones (muy comprensibles y respetables) identitarias: Pero lo que HOY se discute, no es ésto, por más que interesadamente, se quiera proponer la discusión sobre el...Ver más
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VOTAR, significa CONOCER la opinión de la gente. No sólo de unos...o de otros, si no de todos. ¿Quién, razonablemente, puede oponerse a este ejercicio democrático? Por otra parte, los que niegan ese derecho también niegan la evidencia de la calle, de la opinión y las encuestas del Estado, la Generalitat o la prensa...coincidentes en que existe una mayoría ...de la que "no interesa conocer la opinión"
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Enric Borrell aquí, en Catalunya, exista un pancatalanismo que incluye el Pais Valenciano, Baleares y el Rosseló-Cerdanya, tradicionalmente incluidos en la lengua y cultura catalanes. Pero a nadie se le ocurre que se ha de vincular estos territorios por la brava. Es...Diferente es negar el origen, identidad cultural , común...a pesar de dar diferentes nombres a un mismo idioma, con sus variantes, al estilo de un castellano, diferente en cuanto a habla en Perú, Andalucía, Canarias o Salamanca.
Es especialmente curioso observar al nacionalismo español cuando "defienden" la identidad del castellano o su realidad cultural, por ejemplo en Puerto Rico , y en cómo desprecian lo mismo, atribuido al catalán. O cómo niegan en Europa el uso del catalán en las instituciones comunitarias, mientras el letó, fainlandés, etc....es oficial, siendo sus parlantes una minoría 10 veces inferior al la catalana.
La verdad, da risa...si no diera pena
Para su conocimiento y al margen del derecho internacional vigente, acompaño unas reflexiones legales.
El Tribunal Constitucional, en su Sentencia 42/2014, declaró la CONFORMIDAD CONSTITUCIONAL de las referencias al derecho a decidir de los ciudadanos de Catalunya. Para llegar a este pronunciamiento el TC parte de una distinc..
Ya ve como nadie argumenta nada en contra, salvo razones sentimentales...Incluso nadie razona el por qué España bloquea el uso del catalán en Europa, cuando el Letón....es idioma oficial. Estas son otras razones, pero les aseguro que pesan en las personas, como les pesaría que, siendo una colonia de Angela Merkel, el castellano no fuese idiona oficial eupeo y sí el alemán...o el inglés
A lo largo del S.XX, el derecho de autodeterminación ha estado formulado en dos sentidos: Como derecho reconocido a los pueblos y paises sujetos a dominación colonial y como derecho humano de caràcter colectivo, atribuido a todos los pueblos sin distinción.
Esta doble vertiente permite su aplicación a supuestos , incluso sin existir una situación de subjeción colonial, se produce un desconocimiento o negación reiterado de la personalidad lingüística, culrtural, jurídica y nacional de un pueblo, o bien cuando existe una voluntat democràtica clara y mayoritaria de ejercerlo.
Existen sólidas razones históricas y de auto-definición para considerar al pueblo de Catalunya sujeto al derecho a la autodeterminación. Así lo ha entendido el Parlament de Catalunya en reiteradas ocasiones y por mayorías cualificadas. Afirmar que el derecho de autodeterminación existe y que el pueblo catalán es sujeto legítimado, no es una manifestación política a favor de la inependencia, ES UNA REALIDAD JURÍDICA INCUESTIONABLE.
El dcerecho a decidir, a ser consultado sobre el propio futuro, es una actualización del derecho de autodeterminación y una expresión del principio democrático reconocido en buena parte de las Constituciones modernas, incluida la española.
Hay diferentes vías legales, dentro del marco constitucional vigente para encauzar y promover una consulta de autodeterminación en Catalunya. Ante la exigencia reiterada de celebración de esta consulta por parte de las instituciones catalanas, un Gobierno comprometido con el principio democrático constitucionalmente reconocido, tiene el deber de hacerla posible.
La negativa al cumplimiento de este deber abre al pueblo de Catalunya la posibilidad de apelar a la comunidad internacional para hacer valer el derecho inalienable a determinar libremente su futuro
El Tribunal Constitucional, en su Sentencia 42/2014, declaró la CONFORMIDAD CONSTITUCIONAL de las referencias al derecho a decidir de los ciudadanos de Catalunya. Para llegar a este pronunciamiento el TC parte de una distinción clara entre DERECHO A LA AUTODETERMINACION Y DERECHO A DECIDIR.
El TC afirma que no está reconocido el derecho a la autodeterminación a los territorios integrados en el Estado, indicando que una Comunidad Autónoma no puede convocar un referndum de autodeterminación.
Por otro lado, el DERECHO A DECIDIR es concebido como la capacidad para manifestar “una aspiración política” que, si se canaliza “mediante un proceso ajustado a la legalidad constitucional”, el Tribunal estima que tiene PERFECTA CABIDA en el marco de la Constitución Española.. Añade la sentencia que esta “aspiración política” puede pretender hasta “modificar el fundamento mismo del orden constitucional”, ya que la Constitución no establece “un modelo de democracia militante” y no existe un núcleo normativo inaccesible a los procedimientos de reforma constitucional., declarando- una vez establecido el concepto- que “ES POSIBLE UNA INTERPRETACION CONSTITUCIONAL DE LAS REFERENCIAS AL DERECHO A DECIDIR DE LOS CIUDADANOS DE CATALUNYA” ya que precísamente los principios que han de presidir el ejercicio de este derecho que se postulan en la Reolució, 5/X del Parlament de Catalunya (legitimidad democràtica; diálogo y legalidad) coinciden y encajan completamente con los principios reconocidos en la Constitución Española /Arts. 11 y 9).
Afirma la Sentencia que “el planteamiento de concepciones que pretenden modificar el fundamento mismo del orden constitucional, TIENE CABIDA en nuestro ordenamiento, siempre que no se prepare o defienda a través de una actividad que vulnere los principios democráticos, los derechos fundamentales o el resto de mandatos constitucionales”., con aplicación del procedimiento de reforma cosntitucional del art. 168 CE.
Conclusiones: Enfasis en los principios democráticos, como valores supremos
Distinción entre actividades preparatórias en el ejercicio del derecho a decidir, que reconoce, y el ejercicio de este derecho; invocación del pronunciamiento del Tribunal Supremo del Canadà de 20.8.1998, que no cuestiona en ningún momento que El Quebec pueda organizar un referendum acordado con el Estado para conocer la voluntad política sobre una propuesta de secesión.
Resulta evidente, en consecuencia, que la negativa del Gobierno, arrastrando en el Parlamento al PSOE y UPyD, expresan una voluntad política, pero NO que el ejercicio postulado y reclamado por la mayoría del Parlament de Catalunya de convocar una consulta legal, no sea constitucional.